1. Nº 9 3 .17 Madrid, 3 1 de octu bre de 2017 CARTA IR U DIRECTIVA DESPLAZAMIENTO TRABAJADORES
2. Nº 9 3 .1 7 Madrid, 3 1 de octu bre de 201 7 CARTA IR U DIRECTIVA DESPLAZAMIENTO TRABAJADORES Adjuntamos la carta abierta enviada por el D elegado General de la IRU en Brus elas sobre la d ecisión del Consejo relativa a la Directiva de Desplazamiento de Trabajadores, de la que informamos en nuestra Nota Informativa del 24 de octubre. En el siguiente enlace puede encontrar tanto la versión original en inglés, como su traducció n al castellano: http://www.astic.net/slides/documentos - 8/document La IRU, en buena medida debido a la posición de ASTIC desde España y la de nuestros colegas de Dinamarca, ITD, está adopta ndo posiciones cada vez más claras en contra de la aplicación de la Directiva de Desplazamiento al transporte internacional por carretera, debido fundamentalmente a la elevada movilidad de sus trabajadores y a la carga burocrática para las empresas, sin ol vidar la inseguridad jurídica derivada de las múltiples leyes nacionales de aplicación. Ello no es óbice para reiterar la disponibilidad de las citadas organizaciones para alcanzar soluciones de compromiso que, aun manteniendo a nuestro sector dentro del marco de aplicación de la directiva, dejaran en la práctica fuera a la mayoría de operaciones de transporte internacional bilateral e implicaran una reducción importante de cargas administrativas para el resto de operaciones, como cabotaje, por ejemplo. Nuestra asociación está , desde el primer momento , en contra de la utilización fraudulenta de ciertas ventajas salariales, sociales y fiscales que la ampliación de la UE ha colocado dentro del ámbito del mercado único. Las malas prácticas, tanto en la U nió n E uropea como si son dentro de nuestras fronteras, deben ser
3. perseguidas y sancionadas. Nos perjudican en nuestra imagen sectorial y en las cuentas de resultados de nuestras empresas. Es obligación de las autoridades eliminar ese escenario de competenci a desleal. Pero ello no debe suponer una carta blanca a los Estados miembros para imponer medidas proteccionistas basadas en algo tan injusto como suponer que ya que hay malas prácticas en el sector, pasamos a considerar a todo transportista extranjero com o sospecho preventivo y le sometemos a inseguridad jurídica y cargas burocráticas desproporcionadas y descoordinadas, tal y como lamentablemente estamos comprobando que sucede desde hace dos años. Sin olvidar la discriminación que supone el hecho de que es ta normativa sólo aplica a los trabajadores asalariados y no los autó no mos. Damos pues la bienvenida a esta carta de posicionamiento formal de IRU frente a los diferentes responsables de la UE y de los E stados miembro y seguiremos activamente trabajando p ara que se garantice la seguridad jurídica de nuestras empresas en toda la UE, el desarrollo de un marco competitivo equilibrado y la eliminación de proteccionismos nacionales que dificulten la labor de las empresas de transporte internacional por carreter a. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o pa rcial, de esta información si n la autorización de A ST I C
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