1. Nº 1 1 8 .17 Madrid, 1 9 de diciembre de 2017 IN S P ECCIONES EN CARRETERA. ESTIBA
6. Inspección técnica inicial. Comprobación de la documentación y control visual. Se deberán inspeccionar de esta forma un 5% de los vehí culos matriculados en cada país; Ins pección técnica más minuciosa. Si el controlador la ve necesaria. Se realizará en una unidad móvil o en una de las estaciones de ITV fijas más cercanas. En el caso de las incidencias graves o peligrosas , deberán subsanarse antes de que el vehículo pueda vol ver a circular por las vías públicas. Si el vehículo está matriculado en España , el inspector podr á decidir que se someta a una nueva inspección técnica en el plazo de 15 días. Si está matriculado en otro estado de la U nión E uropea se deberá informar a través de los p rocedimientos de colaboración administrativa al E stado miembro de matriculación del vehículo. En el caso de deficiencias que supongan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial , podrá proceder la inmovilización del vehículo y su traslado a un tall er. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C
2. Nº 1 1 8 .1 7 Madrid, 1 9 de diciembre de 201 7 IN S P ECCIONES EN CARRETERA. ESTIBA A partir del 20 de mayo de 2018 entrará en vigor el R eal D ecreto 563/2017 por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos industriales que circulan por territorio español, que traspone la D irectiva 2014/47/UE. Modifica la normativa sobre la s ITV en carretera, incluyendo entre las materias a controlar la sujeción de la carga de acuerdo a los parámetros establecidos en su anexo III : https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id= BOE - A - 2017 - 6512 Deberán utilizarse los siguientes métodos para sujetar la carga: Enganche; Inmovilización local/general ; Amarre directo ; Amarre superior. El método de inspección será la comprobación visual. Las deficiencias se clasificarán en cada u na de las categorías siguientes: Deficiencias leves: la carga est á sujeta correctamente pero se pueden realizar recomend aciones en materia de seguridad; Deficiencias graves: la carga no ha sido sujeta suficientemente y cabe la posibilidad de un desplazam iento o vuelco significativo de la carga o de partes de la misma ; Deficiencia peligrosa: si pone en peligro la seguridad del tráfico debido al riesgo de pérdida de la carga, por un peligro derivado directamente de la carga o por la puesta en peligro inme diata de personas. La categoría de las deficiencias se determinará de acuerdo al siguiente cuadro:
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