2281 Legislación 2º trimestre 2020

Circulares

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1. CIRCULAR Nº. 2.2 81 ASUNTO : LE GISLACIÓN AFECTANDO AL TRANSPORTE POR CARRETERA PROMULGADA EN EL 2 º TRIMESTRE DE 2020

42. mantener los controles en las fronteras interiores con Portugal durante un tiempo prudencial adicional, que termina en 30 Junio 2020 inclusive (Disp. Final segunda). Estos controles fueron establecidos por O. M. 16 Mar. 2020 nº INT/239/2020, y su pr órroga mientras durase el estado de alarma, por O. M. 23 May. 2020 nº SND/439/2020. Ver nº 88 de la presente Circular. 134) O. M. 21 Jun. 2020 nº INT/551/2020 – Mº Interior (BOE de 22 Jun. 2020, pág. 42760; Ar. 1021) ESTADO DE ALARMA – FRONTERAS. Prorrog a los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por e l COVID - 19. Según su Preámbulo, esta medida, adoptada conforme a los arts. 6.1 e) y 14 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 Mar. 2016, se basa en que el 11 Junio 2020, la Comisión de la Unión Europea presentó su Comunicac ión sobre la tercera evaluación de la aplicación de las restricciones temporales de viajes no imprescindibles a la UE, en la cual se recomienda, para después de 15 Junio, un proceso gradual para el levantamiento de las restricciones que, en cualquier caso, consta de un tramo inicial, hasta 30 Junio, en el que se mantienen las medidas vigentes en la actualidad (Disp. Final única). Esta restricción no afecta, entre otros supuestos, al personal dedicado al transporte de mercancías en el ejercicio de su activid ad laboral (art. 1.1,e). 135) R. D. - Ley 23 Jun. 2020 nº 23/2020 – Jefatura del E. (BOE de 24 Jun. 2020, pág. 43879; Ar. 1040) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – AGENCIAS DE VIAJES. Medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica . Entre estas medidas, algunas se refieren a infraestructuras de recarga para el uso de los vehículos adquiridos, que se destinen a ALARMA la prestación de los servicios públicos de transporte de viajeros (art. 6.1). Otras se refieren específicamente al t ransporte ferroviario: definición temporal de plaza kilómetro (art. 9) y arrendamiento de infraestructuras (art. 10). Además, la Disp. adicional sexta “Control sanitario de los pasajeros internacionales” - prevé que “las agencias de viaje, los operadores tu rísticos y compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes aéreos vendidos aisladamente o como parte de un viaje combinado deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con de stino a España, de

32. 2020 nº 487/2020, por R. D. 24 Abr. 2020 nº 492/ 2020, por R. D. 8 May. 2020 nº 514/2020 y por R. D. 22 May. 2020 nº 537/2020) del estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020 hasta el día 21 Junio 2020 (Apdo. Segundo). Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Esta sexta prórroga ha sido en efecto acordada por R. D. 5 Jun. 2020 nº 555/2020 (número 107) de la presente Circular), que recoge otras previsiones de esta Res. del C. Diputados. Ver además números 15, 20, 40, 42, 51, 55, 82 y 84 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 105) O. M. 5 Jun. 2020 nº JUS/504/2020 – Mº Justicia (BOE nº 159, de 6 Jun. 2020, pág. 38020; Ar. 937) ESTADO DE ALARMA – TRIBUNALES DE JUSTICIA. Activa la «fase 3» del Plan de Desescalada (sic) para la Administración de Justicia ante el COVID - 19 . 106) O. M. 5 Jun. 2020 nº TMA/505/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE nº 159, de 6 Jun. 2020, pág. 38025; Ar. 938) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE AÉREO – AEROPUERTOS. Amplía la relación de aeropuertos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional. Anotar a los números 67, 73 y 90 de la presente Circular. 107) R. D. 5 Jun. 2020 nº 555/2020 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE nº 159, de 6 Jun. 2020, pág. 38027; Ar. 939) ESTADO DE ALARMA. Prorroga por sexta vez (tras las prórrogas acordadas por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020, por R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020, por R. D. 24 Abr. 2020 nº 492/2020, por R. D. 8 May. 2020 nº 514/2020 y por R. D. 22 May. 2020 nº 537/2020) hasta el día 21 Junio 2 020 (art. 2), el estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para la gestión de la situación de crisis sanitaria causada por el COVID - 19. Además, contiene otras previsiones, entre ellas las siguientes: libre circulación de personas por el territorio de su provincia, isla o unidad territorial que se determine (art. 3.2), una vez superadas las “fases” previstas en el Plan para la “desescalada”, quedarás sin efecto las medidas previstas en dicho R. D. 463/2020 en su respective territorio ( art. 5), superación que decidirá cada Comunidad Autónoma (art. 6.2). Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Ver números 15, 20, 40, 42, 51, 55, 82, 84 y 104 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279.

38. creación del llamado “Fondo COVID - 19”, para paliar los efectos económicos de la pandemia y establece las reglas relativas a su distribución y libramiento. Tiene diversas finalidades: sanidad, educación, etc. Según su art. 2.2.d) una parte de su importe se distribuirá entre las comunidades autónomas por los servicios regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera, de carácter interurbano, establecidos dentro de su respectivo ámbito competencial, y también al Consor cio Regional de Transportes de Madrid y de la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona. 123) O. M. 16 Jun. 2020 nº PCM/531/2020 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE de 17 Jun. 2020, pág. 40638; Ar. 990) ESTADO DE ALARMA – PUERTOS – AEROPUERTOS . Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 Jun. 2020, que establece los puertos y aeropuertos españoles designados (en el apartado Tercero) como "Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacion al", según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI - 2005), para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Esta O. M. es aplicable hasta 1 Julio 2020, sin perjuicio, en su caso, de sus eventuales prórrogas (apartado Sexto). 124) R. D. 16 Jun. 2020 nº 569/2020 – Mº Transición Ecológica y R. D. (BOE de 17 Jun. 2020, pág. 40642; Ar. 994) AYUDAS – VEHÍCULOS – MEDIO AMBIENTE. Regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y acue rda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla. Según su Preámbulo, “la electrificación del transporte, unida a las medidas de eficiencia energética, será la principal tecnología que permita descarbonizar el sector. No obstante, se reconoce el papel del gas en el transporte de mercancías de vehículos pesados, por lo que el programa MOVES II seguirá incentivando los vehículos pesados (N2 y N3) propulsados con gas”. Según su art. 1.2, “l a finalidad de este real decreto es, por tanto, contribuir a la descarbonización del sector transporte mediante el fomento de las energías alternativas [...] promoviendo la realización de actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficienci a energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas en todo el territorio nacional”. El art. 7 enuncia, con carácter

13. responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID - 19. Básicamente, prevé la posibilidad de prórroga de los contratos de servicios y de suministros de prestación sucesiva vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto - ley, cuando a su vencimiento no se hubiera formalizado el nuevo contrato. 39) Res. 5 Mar. 2020 – Mº Sanidad (BOE de 24 Abr. 2020, pág. 29920; Ar. 661) COMERCIO EXTERIOR – ADUANAS. Modifica el anexo I de la O.M. 20 Ene. 1994, que fija modalidades de contr ol sanitario a productos destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización. Anotar al nº 34 de la Circular de ASTIC 1047. 40) Res. 22 Abr. 2020 – C. Diputados (BOE nº 115, de 25 Abr. 2020, pág. 30276; Ar. 665) ESTA DO DE ALARMA. Publica el Acuerdo de autorización de la tercera prórroga (tras las acordadas por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020 y por R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020) del estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para la gestión de la si tuación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19, hasta el 10 Mayo 2020. En su apartado Cuarto establece limitaciones aplicables a la libre circulación de las personas. Anotar al nº 88, de la Circular de ASTIC 2279. Esta prórroga ha sido en efecto ac ordada por R. D. 24 Abr. 2020 nº 492/2020 (nº 42 de la presente Circular). Ver además números 15, 20, 51, 55, 82, 84, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 41) O. M. 24 Abr. 2020 nº INT/369/2020 – Mº Interior (BOE nº 115, de 25 Abr. 2020, pág. 30280; Ar. 669) ESTADO DE ALARMA – SEGURIDAD PRIVADA. Adopta medidas excepcionales en materia de formación permanente de los vigilantes de seguridad y vigencia de las tarjetas de identidad profesional del personal de seguridad privada. Se refieren a realización exclusiva de forma no presencial de los cursos de actualización o especialización (art. 1) y prórroga de la vigencia de estas tarjetas (art. 2). 42) R. D. 24 Abr. 2020 nº 492/2020 – Mº Presidencia R. C. y M. D. (BOE nº 115 de 25 Abr . 2020, pág. 30287; Ar. 667) ESTADO DE ALARMA. Prorroga (art. 1) por tercera vez (tras las prórrogas acordadas por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020 y por R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020) el estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para l a gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19, hasta

2. CIRCULAR Nº 2.2 81 Madrid, 1 de JULIO 20 20 ASUNTO : LE GISLACIÓN AFECTANDO AL TRANSPORTE POR CARRETERA PROMULGADA EN EL 2 º TRIMESTRE DE 2020 Como continuación a nuestras periódicas Circulares que recogen las normas en materia de transporte por carretera y ámbitos relacionados, de interés general para las Empresas transportistas, promulgadas en cada trimestre, en la presente lo hacemos respecto a las del segundo del año 2020. Se ha elaborado adoptando la misma orientación práctica que siguen sus precedentes, es decir, por orden cronológico de publicación en el Boletín Oficial del Estado (en abreviatura, "BOE") – como novedad, cuando en un mismo día se han emitido más de un BOE (como algunos que publican medidas con ocasión de la pandemia por Coronavirus), indicamos también el número del BOE: así, núms. 94, 115, 129, 130, 137, 138, 145, 146, 159, 160 - , citando también, en su caso, Boletín o Diario Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente (asimismo, en abreviatura), número de referencia del conocido Repertorio de Legislación estatal de Editorial Aranzadi (en abreviatura, "Ar."), y, en su caso, Circular de ASTIC dedicada específicamente a la norma o materia en cuestión o aquella que cita la norma ahora modificada, desarrollada, corregida o derogada - en la cual, si se desea y como recomendamos, poder anotar tales cambios - . La relación se complementa con un Índice Alfabético de conceptos, remisi vo a la numeración del Índice Cronológico. Algunos vocablos de este Índice Alfabético, por su especial importancia y frecuencia de su consulta, se han conservado, pese a que en el trimestre a que ahora nos estamos refiriendo no hayan sido publicadas dispos iciones sobre la materia – en tales casos, y para confirmar que no hay una omisión involuntaria por nuestra parte, hemos puesto la indicación “s/c en la presente Circular” (sin contenido ídem).

17. transp orte, resulta posible el saneamiento económico de la empresa transportista en seis meses. Dada la gran extensión de esta nueva Ley (consta de 752 artículos), resulta necesaria su consulta directa por el lector interesado. Deroga gran parte de la Ley Concur sal de 9 Jul. 2003 nº 22/2003. Anotar al nº 14 de la Circular de ASTIC 1696. 50) Acuerdo 6 May. 2020 – T. Constitucional (BOE de 8 May. 2020, pág. 31804; Ar. 742). ESTADO DE ALARMA – TRIBUNALES DE JUSTICIA. Cómputo de los plazos procesales y administrativ os suspendidos por Acuerdo de 16 Mar. 2020, durante la vigencia del R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020. 51) Res. 6 May. 2020 – C. Diputados (BOE nº 129 de 9 May. 2020, pág. 31867; Ar. 743) ESTADO DE ALARMA. Publica el Acuerdo de autorización de la cuarta prór roga del estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020 hasta el día 24 Mayo 2020 (Apdo. Segundo). Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Esta cuarta prórroga ha sido en efecto acordada por R. D. 8 May. 2020 nº 514/2020 (número 55 de la presente Circular). Ver además números 15, 20, 40, 42, 82, 84, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 52) O. M. 8 May. 2020 nº JUS/394/2020 – Mº Justicia (BOE nº 129, de 9 May. 2020, pág. 31869; Ar. 744) ESTADO DE ALARMA – TR ABAJADORES – TRIBUNALES DE JUSTICIA. Aprueba el Esquema de Seguridad Laboral (Apdo. Primero y Anexo I) y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia (Apdo. Segundo y Anexo II), incluyendo turnos de tarde (Apdo. Tercero y Anexo III) ante el CO VID - 19. 53) O. M. 8 May. 2020 nº INT/396/2020 – Mº Interior (BOE nº 129, de 9 May. 2020, pág. 31885; Ar. 748) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – UNIÓN EUROPEA. Prorroga los controles en las fronteras interiores terrestres viajes no imprescindibles desde tercer os países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública, con motivo de la situación de crisis sanitaria causada por el COVID - 19. Esta medida, igual que la O. M. INT/401/2020 de 11 May. 2020 y la O. M. 23 May. 2020 nº SND/439/2020, se impone conforme al Reglamento (UE) 2016/399 de 9 Marzo 2016, que establece un Código de normas de la Unión Europea para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen). Anotar al nº 110 de la Circular de ASTIC 2279. Ver números 33, 59, 60 y 88 de la presente Circular.

18. 54) O. M. 30 Abr. 2020 nº ICT/397/2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE nº 129, de 9 May. 2020, pág. 31887; y BOE nº 136, de 15 May. 2020, pág. 33183; Ar. 745) VEHÍCULOS. Actualiza los anexos I y II del R. D. 2028/1986, de 6 Jun., sobre normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, etc., así como de partes y piezas de dichos vehículos. 55) R. D. 8 May. 2020 nº 514/2020 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE nº 129, de 9 May. 2020, pág. 31952; Ar. 747) ESTADO DE ALARMA. Prorroga por cuarta vez (tras las prórrogas acordadas por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020, por R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020 y por R. D. 24 Abr. 2020 nº 492/2020), hasta el día 24 Mayo 2020 (art. 2), el estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para la gestión de la situación de crisis sanitaria causada por el COVID - 19. Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279 . Ver números 15, 20, 40, 42, 51, 82, 84, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 56) Res. 6 May. 2020 – Mº A. Económicos y T. D. (BOE nº 129, de 9 May. 2020, pág. 31961; Ar. 746) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – AUTÓNOMOS – AVALES. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 May. 2020, que establece los términos y condiciones del tercer tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a determinados pagarés y a determinados reavales, y otras medidas. A notar al nº 101 de la Circular de ASTIC 2279. Ver además números 21 y 75 de la presente Circular. 57) O. M. 9 May. 2020 nº SND/399/2020 – Mº Sanidad (BOE nº 130, de 9 May. 2020, pág. 31998; Ar. 751) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – COMERCIO – ITV – TURISMO. Flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la “fase 1” (desde 11 Mayo 2020) del Plan para la transición hacia la normalidad. Según su preámbulo, es tas medidas podrán ser complementadas por las que en el ámbito del transporte sean aprobadas por las restantes autoridades delegadas en el ejercicio de las habilitaciones previstas en el R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020. Modificada por O. M. 30 May. 2020 nº SND/458/2020 (que a su vez modifica la O. M. 9 May. 2020 nº SND/399/2020 y la O. M. 16 May. 2020 nº SND/414/2020) y por O.M. 6 Jun. 2020 nº

7. REGLAMENTO RID – CISTERNAS. Acuerdo Multilateral RID 2/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a inspecciones periódicas o intermedias de cisternas d e conformidad con los apartados 6.8.2.4.2, 6.8.2.4.3, 6.8.3.4.6, 6.8.3.4.12, 6.9.5.2 y 6.10.4 del RID, aprobado en Madrid el 23 Mar. 2020. Se refiere a prórroga de la validez de tales inspecciones. 15) Res. 9 Abr. 2020 – C. Diputados (BOE de 11 Abr. 2020 , pág. 28840; Ar. 584) ESTADO DE ALARMA. Publica el Acuerdo de autorización de la segunda prórroga (tras la acordada por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020) del estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19, hasta el 26 Abr. 2020. Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Esta segunda prórroga ha sido en efecto acordada por R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020 (nº 20 de la presente Circular). Ver además números 40, 42 , 51, 55, 82, 84, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 16) Acuerdo 2 Abr. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 11 Abr. 2020, pág. 28841; Ar. 585) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE FERROVIARIO – MERCANCÍAS PELIGROSAS – REGLA MENTO RID. Acuerdo Especial Multilateral RID 3/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a la inspección periódica y ensayo de recipientes a presión para el trans porte de gases de la Clase 2, aprobado en Madrid el 2 Abr. 2020. 17) Acuerdo 2 Abr. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 11 Abr. 2020, pág. 28843; Ar. 586) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE FERROVIARIO – MERCANCÍAS PELIGROSAS – REGLAMENTO RID – CISTERN AS. Acuerdo Especial Multilateral RID 4/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), sobre inspecciones periódicas o intermedias de cisternas portátiles y contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM) certificados "UN" de acuerdo con los apartados 6.7.2.19.2, 6.7.3.15.2, 6.7.4.14.2 y 6.7.5.12.2 del RID, aprobado en Madrid el 2 Abr. 2020. 18) Acuerdo 2 Abr. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 11 Abr. 2020, pág. 28844; Ar. 587) ESTADO DE ALARMA –

25. TMA/384/2020 - también la O. M. 18 May. 2020 nº TMA/419/2020, relativa al transporte marítimo - . Ver nº 47 de la presente Circular. 81) O. M. 21 May. 2020 nº SND/427/2020 – Mº Sanidad (BOE de 22 May. 2020, pág. 33927; Ar. 832) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – MASCARILLAS. Flexibiliza ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID - 19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior. Según su art. 7.2. “Los municipios y los entes de ámbito territorial inferior [...] facilitarán [...] el transporte a los usuarios de los servicios [recogidos en el Catálogo de Referencia de Servici os Sociales conforme a la O. M. 9 May. 2020 nº SND/399/2020]. Los desplazamientos [...] colectivos, se realizarán guardando las distancias interpersonales y con mascarillas [etc.]”. 82) Res. 20 May. 2020 – C. Diputados (BOE nº 145, de 23 May. 2020, pág. 339 92; Ar. 836) ESTADO DE ALARMA. Publica el Acuerdo de autorización de la quinta prórroga (tras las acordadas por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020, por R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020, por R. D. 24 Abr. 2020 nº 492/2020 y por R. D. 8 May. 2020 nº 514/2020) del estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020 hasta el día 7 Junio 2020 (Apdo. Segundo). Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Esta quinta prórroga ha sido en efecto acordada por R. D. 22 May. 2020 nº 537/2020 (número 84 de la prese nte Circular), que recoge otras previsiones de esta Res. del C. Diputados. Ver además números 15, 20, 40, 42, 51, 55, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 83) O. M. 22 May. 2020 nº JUS/430/2020 – Mº Justicia (BOE nº 145, de 23 May. 2020, pág. 33995; Ar. 837) ESTADO DE ALARMA – TRIBUNALES DE JUSTICIA. Activa la “fase 2” del Plan de Desescalada (sic) para la Administración de Justicia ante el COVID - 19. 84) R. D. 22 May. 2020 nº 537/2020 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE nº 145, de 23 May. 2020, pág. 34001; Ar. 838) ESTADO DE ALARMA – TRIBUNALES DE JUSTICIA – PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. Prorroga por quinta vez (tras las prórrogas acordadas por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020, por R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020, por R. D. 24 Abr. 2020 nº 492/2020 y por R. D. 8 May. 2020 nº 514/2020), hasta el día 7 Junio 2020 (art. 2), el estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para la gestión de la situación de crisis sanitaria

31. Camp de Tarragona» para transporte ferroviario de mercancías. 101) Ley 29 Abr. 2020 nº 5/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 2 Jun. 2020, pág. 36351; DOGC 30 Abr. 2020) CATALUÑA – TRIBUTACIÓN – VIAJEROS – CARRETERAS – ANIMALES VIVOS. M edidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público de dicha Comunidad Autónoma. Su art. 33 modifica la tasa por la inscripción en registros oficiales, entre otras actividades, de transportistas y medios de transporte de animales vivos. Su a rt. 149 modifica la Ley de 28 Mayo 1987 nº 12/1987 sobre transporte de viajeros por carretera mediante vehículos de motor, de esta C.A., en el doble sentido de que la Administración autonómica y las entidades locales podrán suscribir convenios para la coor dinación de los transportes urbanos e interurbanos, y de poder autorizar, en los servicios de transporte escolar, el acceso a los mismos vehículos de otros usuarios, si resulta necesario en zonas de baja demanda, excepto si ya existe un servicio regular qu e cubra el mismo tráfico o puede ocasionarse un perjuicio sustancial a los servicios regulares afectados. Su art. 150 modifica la Ley de carreteras de esta C.A., cuyo texto refundido fue aprobado por D. legislativo de 25 Ago. 2009 nº 2/2009. 102) O. M. 3 Jun. 2020 nº SND/493/2020 – Mº Sanidad (BOE de 4 Jun. 2020, pág. 36975; Ar. 916) ESTADO DE ALARMA – ANIMALES VIVOS – AUTORIZACIONES – CONDUCTORES – TIEMPOS DE CONDUCCIÓN. Modifica la O. M. 24 Mar. 2020 nº TMA/279/2020, que establece medidas en materia de transporte de animales. Anotar al nº 113 de la Circular de ASTIC 2279. 103) Res. 29 Abr. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 4 Jun. 2020, pág. 20349) AYUDAS – FORMACIÓN – ASOCIACIONES. Convoca a la solicitud de ayudas para la formación en relación c on el transporte por carretera para el año 2020. El BOE publica la Res. en extracto. Su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocat orias) 104) Res. 3 Jun. 2020 – C. Diputados (BOE nº 159, de 6 Jun. 2020, pág. 38017; Ar. 936) ESTADO DE ALARMA. Publica el Acuerdo de autorización de la sexta prórroga (tras las acordadas por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020, por R. D. 10 Abr.

4. menciona, los solicitantes podrán suscribir una declaración responsable indicando que cumplen todas las circunstancias particulares establecidas por la normativa sectorial de aplicación. Además, su Disp . final primera modifica la O. M. 20 Mar. 2020 nº INT/262/2020, concretamente, en su art. 1.2,a), sobre vehículos exceptuados en caso de cierre de vías o restricción a la circulación, incluye los de transporte sanitario. Ver nº 107 de la Circular de ASTIC 2279. 3) Res. 2 Abr. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. BOE 3 Abr. 2020, pág. 28191; Ar. 541) ESTADO DE ALARMA – MASCARILLAS – CONDUCTORES – VIAJEROS – TAXIS. Dicta instrucciones para la distribución de las mascarillas de protección en el ámbito del transp orte terrestre, adquiridas conforme a la O. M. 20 Mar. 2020 nº TMA/263/2020 y la O. M. 26 Mar. 2020 nº TMA/292/2020, y destinadas a conductores de vehículos de transporte de viajeros o de mercancías, taxis, etc. (número de mascarillas por vehículo, según s u clase; distribución material por las oficinas de Correos). Ver números 108 y 116 de la Circular de ASTIC 2279. Ver nº 31 de la presente Circular. 4) O. M. 3 Abr. 2020 nº TED/320/2020 – Mº Transición Ecológica y R. D. (BOE nº 94, 4 Abr. 2020, pág. 28307; Ar. 552) ESTADO DE ALARMA – AUTÓNOMOS. Desarrolla determinados aspectos del derecho a percepción del bono social por parte de trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID - 19 y modif ica el modelo de solicitud del bono social para trabajadores autónomos que hayan visto afectada su actividad ídem, establecido en el Anexo IV del R. D. - ley 31 Mar. 2020 nº 11/2020. Ver nº 1 de la presente Circular. 5) O. M. 6 Abr. 2020 nº TMA/324/2020 – M º Transportes, M. y A. U. (BOE de 7 Abr. 2020, pág. 28411; Ar. 560) ESTADO DE ALARMA – TIEMPOS DE CONDUCCIÓN – TACÓGRAFO. Dicta instrucciones sobre la utilización de las tarjetas de tacógrafo de conductor (art. 1) y de empresa (art. 2). Su aplicación sólo al transporte de mercancías – epígrafe que el BOE asigna a la norma - podría deducirse de la cita del art. 14.4 del R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020 contenida en su preámbulo, pero no de su dos artículos, ninguno de los cuales hace mención a su ámbito de apli cación, dentro del transporte, en tal sentido.

23. prevención para el personal trabajador (art. 4), medidas para prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral (art. 5), condiciones para establecimientos y locales comerciales minoristas (art. 11 ), para centros y parques comerciales (arts. 12 y 17), turismo activo y naturaleza (art. 47), medidas de higiene para establecimientos y locales con apertura al público (art. 13), ídem para el personal trabajador de éstos (art. 14), en trabajos asociados a l montaje y desmontaje de exposiciones temporales se limpiará y desinfectará al menos una vez al día el interior de las cabinas de los vehículos de las empresas de transporte (art. 29.2). Modifica la O. M. 9 May. 2020 nº SND/399/2020 (Disp. Final segunda). Respecto a ésta, advierte el Preámbulo de la SND/414/2020 que “dadas las características y localización de [determinados] establecimientos [comerciales, se] pretende reducir los desplazamientos y la movilidad de personas, tanto en el transporte público co mo privado [etc.]. En el caso del transporte público, además se pueden producir situaciones de riesgo adicionales, que se pretenden minimizar en estas fases del proceso de desescalada”. Modificada por O. M. 30 May. 2020 nº SND/458/2020, por O. M. 6 Jun. 20 20 nº SND/507/2020, por O. M. 12 Jun. 2020 nº SND/520/2020 y por O. M. 17 Jun. 2020 nº SND/535/2020. Ver números 57, 98, 108, 120 y 127 de la presente Circular. 73) O. M. 17 May. 2020 nº TMA/415/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE nº 139, de 17 May. 20 20, pág. 33345; Ar. 803) ESTADO DE ALARMA – T. AÉREO – AEROPUERTOS – T. MARÍTIMO – PUERTOS. Respecto a la O. M. 14 May. 2020 nº TMA/410/2020, amplía la relación de puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de imp ortancia internacional. La aplicación de ambas órdenes ha sido prorrogada por O. M. 23 May. 2020 nº SND/441/2020. Ver números 67 y 90 de la presente Circular. 74) Res. 7 May. 2020 – Rectorado URJC (BOE de 18 May. 2020, pág. 33462) FORMACIÓN PROFESIONAL – TRANSPORTE AÉREO – AEROPUERTOS. Publica el plan de estudios de Graduado en Ingeniería Aeroespacial en Transporte y Aeropuertos, por la Universidad Rey Juan Carlos. 75) Res. 19 May. 2020 – Mº A. Económicos y T. D. (BOE de 20 May. 2020, pág. 33592; Ar. 814) ESTADO DE ALARMA – AVALES – EMPRESAS – PYMES – AUTÓNOMOS. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 May. 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el

40. EMPRESAS – TRABAJADORES – PYMES – AUTÓNOMOS – COMERCIO – TURISMO. Modifica la O. M. 16 May. 2020 nº SND/414/2020 , para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la “fase” 2 del Plan para la transición hacia la normalidad, y la O. M. 30 May. 2020 nº SND/458/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la “fase” 3 del Plan para la transición hacia la normalidad. Ver números 72 y 98 de la presente Circular. 128) R. D. 2 Jun. 2020 nº 553/2020 – Mº Transición Ecológica y R. D. (BOE de 19 Jun. 2020, pág. 42222; Ar. 1007) MEDIO AMBIENTE – RESIDUOS – MERCANCÍAS PELIGROSAS. Regula el traslado de residuos dentro de España. Como avanza su Preámbulo, “se debe tener en consideració n que, en algunos casos, estos residuos son también mercancías peligrosas y que el transporte de estas mercancías peligrosas está sometido a la normativa existente en los diferentes modos de transporte”: Acuerdo ADR para Carretera, de 1957; Reglamento ferr oviario RID - COTIF version 1999 (RID); Código Marítimo IMDG, de 1974, y Res. D. G. 20 Nov. 2018 para vía Aérea (Documento OACI 9284/ AN/905). A la cual remite (art. 3.4). Deroga expresamente el R. D. 13 Mar. 2015 nº 180/2015, sobre esta misma materia. Anot ar al nº 7 de la Circular de ASTIC 2098. 129) D. - Ley 5 May. 2020 nº 16/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 19 Jun. 2020, pág. 42255; DOGC 7 May. 2020) ESTADO DE ALARMA – CATALUÑA – CONCESIONES DE AUTOBUSES – TRABAJADORES. Medidas urgentes complementarias en materia de transparencia, ayudas de carácter social, contratación y movilidad para hacer frente a la COVID - 19. Su art. 16 se refiere a actuaciones subvencionables, y de ellas, entre las que llama acciones de experiencia laboral pone “por ejemplo” los trans portes públicos (ap. 1,a). Su art. 30 establece el importe de la ayuda y gastos subvencionables (100 % del gasto cuando se utilice el transporte público). Entre las medidas en materia de movilidad para la campaña agraria, el art. 38 prevé las adecuadas par a incorporar a la red de servicios regulares de transporte de viajeros por carretera las expediciones necesarias (ap. 1) para desplazar a estos trabajadores, que tendrán que pagar su título de transporte (ap. 2).

16. (art. 2). En lugares de movimiento y aglomeración de viajeros tales como estaciones de autobús o tren, aeropuertos, puertos, paradas e intercambiadores d e autobús o metro, se procurará el movimiento ordenado de los viajeros, la distancia de seguridad entre éstos y medidas de higiene (art. 3). Posibilidad de que las autoridades modifiquen horarios de los transportes para reducir la demanda en horas punta (a rt. 4). Deroga los apartados 3 y 4 del art. 3 de la O. M. 18 Mar. 2020 nº TMA/254/2020, y el art. 1 de la O. M. 19 Mar. 2020 nº TMA/259/2020. Anotar a los números 105 y 106 de la Circular de ASTIC 2279. Modificada por O. M. 9 May. 2020 nº TMA/400/2020, por O. M. 20 May. 2020 nº TMA/424/2020 y por O.M. 6 Jun. 2020 nº SND/507/2020. Ver números 58, 80 y 108 de la presente Circular. 48) D. - ley Foral 15 Abr. 2020 nº 3/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 4 May. 2020, pág. 31128; BON 17 Abr. 2020) NAVARRA – ESTADO D E ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – AUTÓNOMOS – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Aprueba medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis del coronavirus. Entre otras, prevé ayudas pecuniarias para trabajadores autónomos, bajo ciertos requisito s (art. 2). En el ámbito de los contratos administrativos, se modifica el art. 2 de la Ley Foral 7/2020, de 6 Abr. pudiendo ser objeto de indemnización, bajo determinadas condiciones, aquellos suspendidos, así como las empresas que siguen prestando servici o en contratos finalizados y no nuevamente licitados (Disp. Adic. Segunda); entre los gastos salariales indemnizables incluye las cotizaciones a la Seguridad Social pagadas por los empresarios (idem, apdo. 4.1º). 49) R. D. Legislativo 5 May. 2020 nº 1/202 0 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE de 7 May. 2020, pág. 31518; Ar. 731) TRIBUNALES DE JUSTICIA – CONCURSOS DE ACREEDORES – LOTT – ROTT – AUTORIZACIONES – CAPACIDAD FINANCIERA. Aprueba el texto refundido de la nueva Ley Concursal. Respecto a la capacida d financiera que el art. 46 de la LOTT exige a la empresa como uno de los requisitos para ser titular de autorización de transporte, recuérdese que el vigente art. 121.1, párrafo tercero, del ROTT prevé que, pese a existir una declaración de concurso de un transportista ya establecido, se sigue cumpliendo este requisito de capacidad - por tanto, no se anula la autorización ya emitida sino que el transportista puede seguir en activo - si, a juicio de la Administración competente sobre la autorización de

39. general, las actuaciones subvencionables, y el Anexo I, especifica más en detalle, los requisitos que deben cumplir las tipologías de actuaciones subvencionables, a que se refiere dicho artículo 7 - incluida la adquisición de vehículos de transporte, tanto de viajeros (autobuses o autocares) como de mercancías (furgones y camiones), en número de plazas y masa máxima que, respectivamente, especifica. Asimismo, se contemplan como subvencionables la “Disposición de líneas específicas de transporte colectivo y autobuses lanzadera a los centros de trabajo o actividad”, “Actuaciones para facilitar y fomentar el uso del transporte público o colectivo”, “Medidas de refuerzo del transporte público que permitan a este modo de transporte ganar la confianza de los usuarios y fomentar su uso, cum pliendo los requisitos impuestos en el periodo post COVID [que concreta]”; etc. 125) Res. 16 Jun. 2020 – Mº Asuntos Económicos y T. D. (BOE de 17 Jun. 2020, pág. 40677 y BOE 18 Jun. 2020, pág. 41565; Ar. 992) AYUDAS – EMPRESAS – PYMES – AUTÓNOMOS – VEHÍCULOS – VIAJEROS – TAXIS - TURISMO. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 Jun. 2020, que establece los términos y condiciones del quinto tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a préstamos concedidos a pym es y autónomos del sector turístico y actividades conexas, y financiación concedida a empresas y autónomos para la adquisición - compra y arrendamiento financiero u operativo - de vehículos de motor de transporte por carretera de uso profesional, y autoriza límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. Sus Anexos I y II fijan las condiciones aplicables y requisitos a cumplir. Se refiere a diversas clases de vehículos, incluidos los de transporte de viajeros. 126) O. M. 16 Jun. 20 20 nº ICT/534/2020 – Mª Industria, C, y T. (BOE de 18 Jun. 2020, pág. 41562; Ar. 999) TURISMO – BALEARES. Modifica, ampliándolo, el anexo de la O. M. 11 Jun. 2020 nº SND/518/2020, que regula la autorización de un programa piloto de apertura de “corredores ” turísticos seguros en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares mediante el levantamiento parcial de los controles temporales en las fronteras interiores establecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Ver nº 119 de la presente Circular. 127) O. M. 17 Jun. 2020 nº SND/535/2020 – Mº Sanidad (BOE de 18 Jun. 2020, pág. 41570; Ar. 1000) ESTADO DE ALARMA –

26. causada por el COVID - 19. Además, contiene otras previsiones, entre ellas las siguientes: desde el 4 Junio 2020 se reanudan los plazos procesales ante los órganos jurisdiccionales, que habían sido suspendidos por Disp. adic. segunda del R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020 (Art. 8); desde 1 Junio 2020 se reanudan los plazos administrativos que habían sido suspendidos por Disp. adic. tercera ídem (art. 9) y desde el 4 Junio 2020 se reanudan los plazos de prescripción y caducidad de derechos y reclamaciones que habían sido suspendidos por Disp. adic. cuarta ídem (art. 10). Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Ver números 15, 20, 40, 42, 51, 55, 82, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 85) D. - ley 17 Mar. 2020 nº 7/2020 – Presidencia C. A. (BOE nº 145, de 23 May. 2020, pág. 34028; DOGC 19 Mar. 2020) ESTADO DE ALARMA – CATALUÑA – VIAJEROS – TRANSPORTE ESCOLAR – CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA – CONCESIONES DE AUTOBUSES. Medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transpar encia, de transporte público y en materia tributaria y económica. En materia de contratación pública, se refiere al transporte escolar (art. 1). En relación con el transporte público, se prevé la necesidad de valorar el impacto que la disminución de los in gresos tarifarios tendrá en el sistema de transporte y las obligaciones de cuantificación que corresponden en este sentido a los prestadores del servicio afectado (art. 13). Modificado parcialmente por D. - ley 24 Mar. 2020 nº 8/2020. Anotar al nº 91 de la p resente Circular. 86) D. - ley 24 Abr. 2020 nº 7/2020 – Presidencia C. A. (BOE nº 145, de 23 May. 2020, pág. 34036; DOE 27 Abr. 2020) ESTADO DE ALARMA – EXTREMADURA – VIAJEROS – TRANSPORTE ESCOLAR – CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. Medidas urgentes en materia de educación, para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada por el COVID - 19. En materia de contratación pública, la Disp. adic única determina, por razones de seguridad jurídica, los efectos que se derivan para aquellos contratos basados en el vigente acuerdo marco de servicio de transporte escolar que han visto ampliadas sus prestaciones por la adopción medidas legislativas en la búsqueda de optimizar los recursos disponibles y de la eficiencia en la gestión de las necesidades a satisfacer.

22. por O. M. 23 May. 2020 nº SND/441/2020. Ver números 73, 90, 92, 96 y 106 de la presente Circular. 68) Res. 4 May. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 15 May. 2020, pág. 3 3256) NORMALIZACIÓN. Publica la relación de normas europeas ratificadas durante Abril 2020 como normas españolas. Destacamos especialmente: UNE - CEN/TR 17452:2020, sobre estaciones de combustible de gas natural. 69) Res. 4 May. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 15 May. 2020, pág. 33267) NORMALIZACIÓN. Publica la relación de normas UNE aprobadas por AENOR durante Abril de 2020. Destacamos especialmente: UNE - EN 14564:2020, sobre cisternas para el transporte de mercancías peligrosas. 70) Res. 4 May. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 15 May. 2020, pág. 33276) NORMALIZACIÓN. Somete a información pública los proyectos de normas europeas e internacionales tramitados como proyectos de norma UNE por AENOR correspondientes a Abril 2020. Destacamos especialmen te: PNE - prEN 13760 y PNE - prEN 16119, ambas sobre equipos para GLP y sus accesorios; PNE - prEN 17278, sobre vehículos de gas natural; y PNE - prEN 17427 y PNE - prEN 17428, ambas sobre envases y embalajes. 71) O. M. 15 May. 2020 nº SND/413/2020 – Mº Sanidad (BOE nº 137 de 16 May. 2020, pág. 33289; Ar. 799) ESTADO DE ALARMA – INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS. Establece medidas especiales para esta Inspección (ITV). Especialmente, amplia la prórroga de la validez del certificado de ITV periódica (apdo. Primero). 72) O. M. 16 May. 2020 nº SND/414/2020 – Mº Sanidad (BOE nº 138 de 16 May. 2020, pág. 33312; Ar. 802) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – COMERCIO – TURISMO. Medidas para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establ ecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la “fase 2” del Plan para la transición hacia la normalidad. Como advierte su Preámbulo, “las medidas que ahora se establecen podrán ser complementadas por las que en el ámbito del transporte [etc.] sean aprobadas por las restantes autoridades delegadas en el ejercicio de las habilitaciones previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo”. Son muy variadas las actividades sobre la cuales la presente O. M. establece exigencias y limitacio nes. Incluye medidas de higiene y

30. EMPRESAS – TRABAJADORES – PYMES – AUTÓNOMOS – TURISMO – COMERCIO. Medidas para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la “fase 3” del Plan para la transición hacia la normalidad. Igual que las correspondientes a las “fases” 1 y 2, se refiere a numerosas actividades. Sobre turismo: arts. 20 - 21 y 34 - 39. Modifica la O. M. 9 May. 2020 nº SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la “fase 1” del Plan para la transición hacia la norma lidad (Disp. final primera). También modifica la O. M. 16 May. 2020 nº SND/414/2020, ídem “fase 2” (Disp. final segunda). Modificada por O. M. 6 Jun. 2020 nº SND/507/2020, por O. M. 12 Jun. 2020 nº SND/520/2020 y por O. M. 17 Jun. 2020 nº SND/535/2020. Ver números 57, 72, 108, 120 y 127 de la presente Circular. 99) O. M. 1 Jun. 2020 nº SND/487/2020 – Mº Sanidad (BOE de 2 Jun. 2020, pág. 36274; Ar. 912) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – T. AÉREO – T. MARÍTIMO – T. FERROVIARIO – BALEARES – CANARIAS. Establece la s condiciones a aplicar en las “fases” 2 y 3 del Plan para la transición hacia la normalidad en materia de servicios aéreos y marítimos. Modifica la O. M. 23 Mar. 2020 nº TMA/273/2020, que dicta instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros por carrera, entre otros modos (Disp. final primera). Anotar al nº 111 de la Circular de ASTIC 2279. La reducción mínima establecida por esta O. M. SND/487/2020 ha sido dejada sin efecto por Res. 8 Jun. 2020. Ver nº 112 de la presente Circular. Modificada por O. M. 12 Jun. 2020 nº SND/520/2020. Anotar al nº 120 de la presente Circular. 100) Ley 29 Abr. 2020 nº 4/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 2 Jun. 2020, pág. 36282; DOGC 30 Abr. 2020) CATALUÑA – PRESUPUESTOS GENERALES. Ley de Presupuestos Ge nerales de dicha Comunidad Autónoma para el año 2020. No contiene previsiones específicas en materia de transporte, más allá de las asignaciones correspondientes a los Consorcios: de la Autoridad del Transporte Metropolitano, del Campo de Tarragona, y de l as Área de Girona y Lleida. Entre otras muchas materias se refiere a tasas (art. 44). En su Disp. Adic. vigésima novena, el Gobierno de la Generalidad se compromete a negociar con el Ministerio de Transporte, M. y A. U. la construcción del llamado «tercer hilo ferroviario de El

8. MERCANCÍAS PELIGROSAS – ACUERDO ADR. Acuerdo Multilateral M326 en virtud de la sección 1.5.1 del Acuerdo europeo sobre transporte internaci onal de mercancías peligrosas por carretera (ADR), relativo a la inspección periódica y ensayo de recipientes a presión del transporte de gases de la Clase 2, aprobado en Madrid el 2 Abr. 2020. 19) Acuerdo 2 Abr. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE d e 11 Abr. 2020, pág. 28846; Ar. 588) ESTADO DE ALARMA – MERCANCÍAS PELIGROSAS – ACUERDO ADR – CISTERNAS. Acuerdo Multilateral M327 bajo la sección 1.5.1 del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), sobre inspecciones periódicas o intermedias de cisternas portátiles y contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM) certificados "UN" de acuerdo con los apartados 6.7.2.19.2, 6.7.3.15.2, 6.7.4.14.2 y 6.7.5.12.2 del ADR, aprobado en Madrid el 2 Abr. 2020. Se refiere a prórroga de la validez de tales inspecciones. 20) R. D. 10 Abr. 2020 nº 487/2020 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE de 11 Abr. 2020, pág. 28858; Ar. 591) ESTADO DE ALARMA. Prorroga (art. 1) por segunda vez (tras la prórroga acordada por R. D. 27 Mar. 2020 nº 476/2020) el estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19, hasta el 26 Abr. 2020 (art. 2). Acuerdo previamente autorizado por el C. de los Dipu tados. Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Ver números 15, 40, 42, 51, 55, 82, 84, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 21) Res. 10 Abr. 2020 – Mº Asuntos Económicos y T. D. (BOE de 11 Abr. 2020, pág. 28862; Ar. 592) ESTADO DE ALARMA – AVALES – EMPRESAS – PYMES – AUTÓNOMOS . Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 Abr. 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el segundo tramo de la línea de avales aprobada por el R. D. - l ey 17 Mar. 2020 nº 8/2020, y establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID - 19. Anotar al nº 101 de la Circular de ASTIC 2279. Ver además números 56 y 75 de la presente Circular. 22) O. M. 9 Abr. 2020 nº SND/337/2020 – Mº Sanidad (BOE de 11 Abr. 2020, pág. 28865; Ar. 593) ESTADO DE ALARMA –

35. puertos. La Disp. final primera modifica la Ley sobre Navegación Aérea de 21 Julio nº 48/1960. La Disp. final cuarta modifica el R. D. - ley 17 Mar. 2020 nº 8/2020; y la Disp. final quinta modifica el R. D. - ley 31 Mar. 2020 nº 11/2020, ambos de medidas urgentes para hacer frente al impacto económico y social del COVID - 19. Anota r al nº 101 de la Circular de ASTIC 2279, y al nº 1 de la presente. Ha sido convalidado por Res. 25 Jun. 2020 – C. Diputados (BOE 30 Jun. 2020). Ver nº 139 de la presente Circular. 112) Res. 8 Jun. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 10 Jun. 2020, pág. 38756; Ar. 957) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE AÉREO – BALEARES – CANARIAS. Adecúa los niveles de servicio del transporte aéreo sometido a obligaciones de servicio público (OSP), para adaptarlo a la evolución de la demanda en el proceso de desescalada (sic) de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Deja sin efecto la reducción mínima del 70 % en la oferta total de operaciones en los servicios de transporte público de viajeros por vía aérea sometidos a OSP en las Islas Baleares y en las Islas Ca narias, respectivamente, recogida en la O. M. 1 Jun. 2020 nº SND/487/2020. Anotar al nº 99 de la presente Circular. 113) Res. 1 Jun. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 10 Jun. 2020, pág. 39007) NORMALIZACIÓN. Publica la relación de normas europeas ratif icadas durante Mayo 2020 como normas españolas. Destacamos especialmente: UNE - CEN/TS 17402:2020, sobre sistemas inteligentes de transporte (ITS urbanos); y UNE - EN ISO 14906:2018/A1:2020, sobre peaje electrónico. 114) Res. 1 Jun. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 10 Jun. 2020, pág. 39016) NORMALIZACIÓN. Publica la relación de normas UNE anuladas durante Mayo 2020. Destacamos especialmente: UNE 49756 - 1:1974, UNE 49756 - 2:1974, y UNE 49759:1979, las tres sobre contenedores - cisternas de la serie 1 para líqui dos y gases (especificaciones y ensayos); UNE 117101:2003, UNE 117102 - 1:2000 y UNE 117103:1999, las tres sobre contenedores (otras cuestiones). 115) Res. 1 Jun. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 10 Jun. 2020, pág. 39018) NORMALIZACIÓN. Publica la relac ión de normas UNE aprobadas por AENOR durante Mayo 2020. Destacamos especialmente: UNE 60797:2020 y UNE 60798:2020, ambas sobre estaciones de servicio de gas natural; UNE - EN 14025:2019/AC:2020, sobre cisternas para el

5. 6) Res. 30 Mar. 2020 – Mº Asuntos Económicos y T. D. (BOE de 8 Abr. 2020, pág. 28716; Ar. 569) CIRCULACIÓN – SEGUROS – BAREMO. Publica las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valorac ión de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. 7) Res. 6 Abr. 2020 – Mº Inclusión, S. S. y M. (BOE de 9 Abr. 2020, pág. 28764; Ar. 572) TRABAJADORES. Modifica cuantías en materia de aplazamientos en el pago de deudas c on la Seguridad Social, fijadas en la Res. 16 Julio 2004, sobre funciones en materia de gestión recaudatoria de la S. Social; y en el Reglamento General de Recaudación de la S. Social, aprobado por R. D. de 11 Jun. 2004 nº 1415/2004. Anotar, respectivament e, al nº 62 de la Circular de ASTIC 1744, y a los números 61 de la 1741 y 83 de la 1744. 8) D. - ley Foral 18 Mar. 2020 nº 1/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 9 Abr. 2020, pág. 28767; BON 19 Mar. 2020) ESTADO DE ALARMA – NAVARRA – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS – TRIBUTACIÓN. Aprueba medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID - 19). Entre otras, heterogéneas, incluye medidas en el ámbito de la contratación pública (art. 15). Convalidado por Acuerdo del Parlamen to de Navarra publicado en BON 3 Abr. 2020. 9) D. - ley Foral 25 Mar. 2020 nº 2/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 9 Abr. 2020, pág. 28776; BON 26 Mar. 2020) ESTADO DE ALARMA – NAVARRA – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS – TRIBUTACIÓN. Aprueba medidas urgentes para r esponder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID - 19). Entre otras, heterogéneas, incluye medidas en el ámbito de la contratación pública (art. 2), suspensión de plazos en el ámbito tributario (art. 12) y aplazamiento excepcional de deudas tributarias (art. 13); además, modifica el texto ref. del Impuesto sobre Transmisiones P. y A. J. D., aprobado por D. Foral Legislativo 26 Abr. 1999 nº 129/1999 (Disp. adic. segunda). Convalidado por Acuerdo del Parlamento de Navarra, publicado e n BON 3 Abr. 2020. 10) Acuerdo 23 Mar. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 10 Abr. 2020, pág. 28821; Ar. 576) ESTADO DE ALARMA – MERCANCÍAS PELIGROSAS – ACUERDO ADR. Acuerdo Multilateral M317 en virtud de la sección 1.5. del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías

19. SND/507/2020. Ver números 72, 98 y 108 de la presente Circular. 58) O. M. 9 May. 2020 nº TMA/400/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 10 May. 2020, pág. 32027; Ar. 752) ESTADO DE ALARMA – MASCARILLAS – VIAJEROS – CONDUCTORES – TRABAJADORES – T. AÉREO – T. FERROVIARIO – T. MARÍTIMO – BALEARES – CANARIAS. Establece las condiciones a aplicar en la “fase 1” de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura. Según su preámbulo “En relación con el transporte urbano y periurbano, el PTNN establece en la fase I la necesidad de ir reestableciendo progresivamen te los niveles de oferta de servicios habituales fuera del periodo del estado de alarma. Ello implica la necesidad de eliminar la restricción establecida para los servicios de cercanías en la Orden TMA/273/2020, de 23 de marzo, por la que se dictan instruc ciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros. En cambio, en el transporte terrestre de media y larga distancia, en autobús y ferroviario, se mantiene el porcentaje de reducción de servicios de al menos el setenta por ciento, establecid o en esa misma orden”. En concreto, esta Orden da detalles sobre: nivel de servicios de transporte ferroviario en cercanías de competencia estatal (art. 1), conexiones aéreas en Canarias (art. 2), medidas y restablecimiento de los servicios marítimos en di cha Comunidad - prohibición de desembarcar excepto a los conductores de cabezas tractoras; prohibiciones y restricciones no aplicables a buques que transporten solo mercancías (art. 3), conexiones aéreas en las Islas Baleares (art. 4); restablecimiento de l os servicios marítimos en esta Comunidad (art. 5); etc. Deroga el apartado 1.vi) del art. 2 de la O. M. 23 Mar. 2020 nº TMA/273/2020, que dicta instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros (Disp. derog. primera). Modifica la O. M. 3 May. 2020 nº TMA/384/2020 sobre el uso de mascarillas en los distintos medios de transporte, ahora sólo en relación a los de transporte terrestre (Disp. final primera). Anotar al nº 111 de la Circular de ASTIC 2279. Ver nº 47 de la presente Circular. 59) O. M. 11 May. 2020 nº INT/401/2020 – Mº interior (BOE de 12 May. 2020, pág. 32118; Ar. 760) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – FRONTERAS – T. AÉREO – T. MARÍTIMO – UNIÓN EUROPEA. Restablece temporalmente los controles en las fronteras interiores aéreas y m arítimas, con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Esta

6. peligrosas por carretera (ADR), relativo al transporte de desechos médicos sólidos o clínicos, Categoría A, aprobado en Madrid el 23 Mar. 2020. Se refiere sobre todo a su envase y embalaje. 11) Acuerdo 23 Marzo 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 10 Abr. 2020, pág. 28825; Ar. 577) ESTADO DE ALARMA – MERCANCÍAS PELIGROSAS – ACUERDO ADR – FORMACiÓN – CONDUCTORES – CONSEJEROS DE SEGURIDAD. Acuerdo Multilateral M324 en virtud de la sección 1.5.1 del Acuerdo europe o sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) relativo a los certificados de formación de los conductores de conformidad con el punto 8.2.2.8.2 del ADR y los certificados de consejeros de seguridad de conformidad con el punt o 1.8.3.7 del ADR, aprobado en Madrid el 23 Mar. 2020. Se refiere a prórroga de la validez de tales certificados. 12) Acuerdo 23 Mar. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 10 Abr. 2020, pág. 28826; Ar. 578) ESTADO DE ALARMA – MERCANCÍAS PELIGROSAS – ACUERDO ADR – CISTERNAS. Acuerdo Multilateral M325 en virtud de la sección 1.5.1 del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), relativo a inspecciones periódicas o intermedias de cisternas de conformidad con los apartados 6.8.2.4.2, 6.8.2.4.3, 6.8.3.4.6, 6.8.3.4.12, 6.9.5.2 y 6.10.4 del ADR, y los certificados de aprobación para vehículos de conformidad con el apartado 9.1.3.4 del ADR, aprobado en Madrid el 23 Mar. 2020. Se refiere a prórroga de la valide z de tales inspecciones y certificados de validez. 13) Acuerdo 25 Mar. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 10 Abr. 2020, pág. 28827; Ar. 579) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE FERROVIARIO – MERCANCÍAS PELIGROSAS – REGLAMENTO RID – CONSEJEROS DE SEGUR IDAD. Acuerdo Multilateral RID 1/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a los certificados de consejeros de seguridad de conformidad con el punto 1.8.3.7 del R ID, aprobado en Madrid el 23 Mar. 2020. Se refiere a prórroga de la validez de tales certificados. 14) Acuerdo 25 Mar. 2020 – Mº A. Exteriores, U. E. y C. (BOE de 10 Abr. 2020, pág. 28828; Ar. 580) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE FERROVIARIO – MERCANCÍAS PE LIGROSAS –

20. medida, igual que la O. M. 8 May. 2020 nº INT/396/2020 y la O. M. 23 May. 2020 nº SND/439/2020, se impone conforme al Reglamento (UE) 2016/399 de 9 Marzo 2016, que es tablece un Código de normas de la Unión Europea para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen). Ver números 33, 53, 60 y 88 de la presente Circular. 60) O. M. 11 May. 2020 nº SND/403/2020 – Mº Sanidad (BOE de 12 May. 2020, pág. 32129; Ar. 761) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – FRONTERAS – T. AÉREO – T. MARÍTIMO – UNIÓN EUROPEA. Condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Ver números 33, 53, 59, 60 y 88 de la presente Circular. 61) R. D. - ley 12 May. 2020 nº 18/2020 – Jefatura del E. (BOE de 13 May. 2020, pág. 32257; Ar. 766) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – PYMES – AUTÓNOMOS. Medidas sociales en defensa del empleo. Establece especialidades para los ERTEs por causas del art. 22 del R. D. - ley 17 Mar. 2020 nº 8/2020 (art. 1 y Disp. adic. primera); procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organ izativas y de producción, comunicados a partir del desconfinamiento (art. 2); medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo (art. 3 y Disp. adic. primera); ídem en materia de cotización vinculadas a las medidas reguladas en el artículo 1 ( art. 4); y límites relacionados con reparto de dividendos y transparencia fiscal (art. 5). Modifica el propio R. D. - ley 17 Mar. 2020 nº 8/2020 (Disp. final primera); así como también el R. D. - ley 27 Mar. 2020 nº 9/2020 (Disp. final segunda). Modificado por R. D. - ley 26 May. 2020 nº 19/2020. Convalidado por Res. 27 May. 2020 del C. Diputados. Anotar a los números 101 y 118 de la Circular de ASTIC 2279, y a los números 61 y 97 de la presente Circular. 62) Res. 8 May. 2020 – Mº Universidades (BOE de 13 May. 2 020, pág. 32450; Ar. 777) FORMACIÓN PROFESIONAL – LOGÍSTICA. Publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 Abr. 2020, que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títu los. Destacamos especialmente: Máster Universitario en Logística, Cadena de Suministro y N. M., por la Universidad Pompeu Fabra.

24. cuarto tramo de la línea de avales aprobada por el R. D. - ley 8/2020, de 17 Mar., y establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y los autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID - 19. Anotar al nº 101 de la Circular de ASTIC 2279. Ver además números 21 y 56 de la presente C ircular. 76) O. M. 18 May. 2020 nº SND/421/2020 – Mº Sanidad (BOE de 20 May. 2020, pág. 33596; Ar. 817) ESTADO DE ALARMA – TRABAJADORES. Adopta medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situacione s de los extranjeros en España, en aplicación del R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020 que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. 77) O. M. 19 May . 2020 nº SND/422/2020 – Mº Sanidad (BOE de 20 May. 2020, pág. 33600; Ar. 816) ESTADO DE ALARMA – MASCARILLAS. Regula las condiciones para el uso obligatorio de mascarillas de protección durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. 78) Res. 18 May. 2020 – Agencia E. A. Tributaria (BOE de 20 May. 2020, pág. 33636; Ar. 819) IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del IAE del ejercicio 2020 relativos a las cuotas nacional es y provinciales, y establece el lugar de pago de dichas cuotas. 79) Res. 12 May. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 20 May. 2020, pág. 18776) BALEARES – TRANSPORTE AÉREO – TRANSPORTE MARÍTIMO. Compensaciones a los transportes marítimos y aéreos d e mercancías con origen o destino en las Islas Baleares realizados en el año 2019. El BOE publica esta Res. en extracto; su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index 80) O. M . 20 May. 2020 nº TMA/424/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 21 May. 2020, pág. 33796; Ar. 827) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – TRABAJADORES – MASCARILLAS – TAXIS – TRANSPORTE MARÍTIMO – PUERTOS. Uso obligatorio de mascarillas de protección en los veh ículos de transporte, por los trabajadores en contacto con los viajeros y por los propios usuarios. Modifica la O. M. de 3 May. 2020 nº

34. el Acuerdo de 18 Dic. 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia d e la Comunidad Valenciana, sobre normas de reparto de asuntos en su Sala de lo Contencioso - Administrativo. 111) R. D. - ley 9 Jun. 2020 nº 21/2020 – Jefatura del E. (BOE de 10 Jun. 2020, pág. 38723; Ar. 954) ESTADO DE ALARMA – MASCARILLAS – VIAJEROS – CONCE SIONES DE AUTOBUSES – TAXIS – T. AÉREO – AEROPUERTOS – T. MARÍTIMO – PUERTOS – T. FERROVIARIO – TRABAJADORES – COMERCIO – TURISMO – LOTT – ROTT. Medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada p or el COVID - 19, así como prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la “fase” 3 del Plan para la Transición hacia la normalidad por parte de algunas provincias, islas y unidades territoriales y, eventualmente, la expiración de la vigencia de l estado de alarma declarado por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020 por el que se declara el estado de alarma y sus prórrogas. Se trata de un conjunto de medidas sobre materias heterogéneas. Entre otras reglas, prevé el uso obligatorio de mascarillas de protec ción, salvo las excepciones que contempla, en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor (ar t. 6.1,b). También incluye medidas a adoptar en los centros de trabajo (art. 7), establecimientos comerciales (art. 11), turísticos (art. 12). Además, el art. 17 contiene previsiones aplicables al transporte público de viajeros ferroviario y por carretera sujetos a contrato público o a obligaciones de servicio público, sobre todo en cuanto a ajuste de los niveles de oferta por los transportistas, y a recabar información para contacto de todos los viajeros y conservar esa información tras al viaje, facilitán dola a las autoridades de salud pública cuando sean requeridos a ello. El art. 18 contempla medidas aplicables al transporte marítimo de pasaje y carga rodada. El incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas establecido en el art. 6 será considera do infracción de la Ley General de Salud Pública de 4 Oct. 2011 nº 33/2011, y sancionado con multa de hasta cien euros; y el de las medidas previstas en los arts. 17.2 y 18.1 en el ámbito del transporte, será sancionado conforme a las leyes sectoriales cor respondientes - LOTT y ROTT - (art. 31). La Disposición adic. primera se refiere a controles sanitarios y operativos en los aeropuertos. La Disp. adicional segunda, a sanidad exterior en

41. 130) D. - Ley 19 May. 2020 nº 19/2020 – Pres idencia C. A. (BOE de 19 Jun. 2020, pág. 42280; DOGC 21 May. 2020) ESTADO DE ALARMA – CATALUÑA – COOPERATIVAS. Medidas complementarias en materia social y sanitaria para paliar los efectos de la pandemia generada por COVID - 19. Incluye medidas concretas apl icables a las sociedades cooperativas catalanas (arts. 3 - 7). 131) R. D. 26 Mayo 2020 nº 542/2020 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE de 20 Jun. 2020, pág. 42488; Ar. 1014) TALLERES DE REPARACIÓN – VEHÍCULOS – MERCANCÍAS PERECEDERAS – ACUERDO “ATP”. Modi fica y deroga diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial. Entre otras, modifica el R. D. 10 Ene. 1986 nº 1457/1986, que regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automó viles de sus equipos y componentes (art. 1). También entre otras, deroga el apartado 4 del «Anejo 4» sobre «Requisitos complementarios para el cumplimiento del Acuerdo ATP en relación con las inspecciones, modificaciones y montajes de los vehículos autoriz ados para el transporte de mercancías perecederas según dicho acuerdo» del R. D. nº 237/2000, de 18 Feb. nº 237/2000, de especificaciones técnicas a cumplir por los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura r egulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones (Disp. Derog. Única, apdo. 3). Anotar al nº 108 de la Circular de ASTIC 1454. 132) R. D. 2 Jun. 2020 nº 552/2020 – Mº Presidencia, R. C. y M. D. (BOE de 20 Jun. 2020, pág . 42520; Ar. 1012) AYUDAS – CANARIAS – TRANSPORTE AÉREO – TRANSPORTE MARÍTIMO. Compensación al transporte marítimo y al transporte aéreo de mercancías incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Is las Canarias. 133) O. M. 21 Jun. 2020 nº INT/550/2020 – Mº Interior (BOE de 22 Jun. 2020, pág. 42758; Ar. 1019) ESTADO DE ALARMA – PORTUGAL – FRONTERAS. Prorroga los controles en las fronteras entre España y Portugal temporalmente restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Según su Preámbulo, pese a haber finalizado en España el estado de alarma, llevadas consultas y teniendo en cuenta la necesaria bilateralidad de las medidas que se adopten, se considera conve niente

14. el 10 Mayo 2020 (art. 2). Su Disp. final primera modifica dicho R. D. 463/2020 en cuanto a límites a la circulación de las personas. Acuerdo previamente autorizado por el C. de los Diputados. Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. Ver números 15, 20, 40, 51, 55, 82, 84, 104 y 107 de la presente Circular y números 119 y 120 de la 2279. 43) D. - ley 17 Abr. 2020 nº 6/2020 – Presidencia C.A. (BOE de 28 Abr. 2020, pág. 30514; DOE 20 Abr. 2020) ESTADO DE ALARMA – EXTREMADURA – EMPRESAS – PYMES – TRABAJADORES – AUTÓNOMOS – TRIBUTACIÓN – AYUDAS – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. medidas extraordinarias y urgentes para la tramitación de las bases reguladoras y normativa específica de sub venciones, la ejecución de determinadas prestaciones de contratos administrativos y la selección de personal temporal mediante bolsas de trabajo, como consecuencia de la crisis ocasionada por el COVID - 19. En particular, se refiere a tramitación de bases re guladoras y normativa específica de subvenciones (art. 1), ejecución de determinadas prestaciones de contratos administrativos en materia de asesoramiento o consultoría (art. 2) y selección de personal temporal mediante bolsas de trabajo (art. 3). 44) R. D. - ley 28 Abr. 2020 nº 16/2020 – Jefatura del E. (BOE de 29 Abr. 2020, pág. 30623; Ar. 683) ESTADO DE ALARMA – TRIBUNALES DE JUSTICIA – TRABAJADORES – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Establece medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID - 19 en el ámbito de la Administración de Justicia. Destacamos especialmente las que siguen: declara hábiles los días 11 a 31 de Agosto 2020 (art. 1); una vez cese el estado de alarma, los plazos volverán a computarse desde su inicio (art. 2); tramitación de la im pugnación de ERTEs (art. 6); medidas concursales y societarias (art. 8 - 18); celebración de actos procesales por video - conferencia (art. 19); ordenación del acceso del público a las salas de vista (art. 20); etc. Deroga el art. 43 del R. D. - ley 8/2020, de 1 7 Mar.. Modifica la Ley 9/2017, de 8 Nov., de Contratos del Sector Público (Disp. final tercera). Modifica el R. D. - ley 31 Mar. 2020 nº 11/2020, de medidas de carácter social y económico (Disp. final cuarta). Modifica el R. D. - ley 21 Abr. 2020 nº 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (Disp. final Quinta). Anotar al nº 33 de la Circular de ASTIC 2204 y al nº 101 de la 2279. Ver números 1, 35 y 65 de la presente Circular.

33. 108) O.M. 6 Jun. 2020 nº SND/507/20 20 – Mº Sanidad (BOE nº 160, de 6 Jun. 2020, pág. 38119; Ar. 942) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – URBANO – TAXIS – EMPRESAS – PYMES – AUTÓNOMOS – TRABAJADORES – COMERCIO – TURISMO. Modifica diversas órdenes ministeriales para flexibilizar determinadas restri cciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las “fases 2 y 3” del Plan para la transición hacia la normalidad. En concreto, modifica la O. M. 3 May. 2020 nº TMA/384/2020 y su art. 2, sobre condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre, permitiendo en los autobuses y autocares - de servicio urbano e interurbano - ocupar todos los asientos del vehículo (aps. 6 y 7); también modifica la O. M. 9 May. 2020 nº SND/399/2020, la O. M. 16 May. 2020 nº SND/4 14/2020 y la O. M. 30 May. 2020 nº SND/458/2020, en diversas cuestiones que concreta. Ver números 47, 57, 72 y 98 de presente Circular. 109) Res. 4 Jun. 2020 – Mº A. Exteriores (BOE de 9 Jun. 2020, pág. 38317; Ar. 947) CONVENIOS INTERNACIONALES. En aplica ción del art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 Nov., sobre Tratados y otros Acuerdos Internacionales, la Secretaría General Técnica de dicho Ministerio da cuenta, para conocimiento general, de la actuación de otros países respecto a Convenios multilaterales d e los que España forma parte, conforme a comunicaciones llegadas a dicho Ministerio desde la publicación anterior (BOE 22 Ene. 2020) hasta 1 Jun. 2020. Destacamos los siguientes: * Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos público s extranjeros – Azerbaiyán, modificación de autoridad; Finlandia, ídem * Convenio sobre la circulación por carretera (1949) – Croacia, adhesión * Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) – Uzbekistán, adhe sión * Protocolo adicional al Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR), relativo a la carta de porte electrónica – Reino Unido, adhesión; Suecia, ratificación * Reglamento nº 9, sobre prescripciones unifor mes relativas a la homologación de los vehículos en lo que se refiere al ruido (1963) – Francia, notificación * Reglamento nº 42, sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos automóviles en lo que concierne a sus dispositivos de protección (1980) – Francia, notificación. 110) Acuerdo 5 Mar. 2020 – C. G. Poder judicial (BOE de 9 Jun. 2020, pág. 38624; Ar. 951) TRIBUNALES DE JUSTICIA. Publica

43. la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública en el aeropuerto o puerto de destino” (apdo. 1). 136) R. D. - ley 26 Jun. 2020 nº 24/2020 – Jefatura del E. (BOE de 27 Jun. 2020, pág. 45244; Ar. 1055) ESTADO DE ALARMA – TRABA JADORES – AUTÓNOMOS. Medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial. Fundamentalmente se refiere al II Acuerdo Social en Defensa del Empleo (arts. 1 - 7): incluyendo medidas sociales de reactivación del empleo - entre ellas, las relativas a expedientes de regulación temporal de empleo – “ERTEs - basados en las causas recogidas en los arts. 22 y 23 del R. D. - ley 17 Mar. 2020 nº 8/2020, que mantiene hasta 30 Septiembre 2020 (arts. 1 - 3); Medid as de apoyo a los trabajadores autónomos (arts. 8 - 10); Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas FCPJ - “FERGEI” - (arts. 11 - 15). Su articulado se complementa con once Disposiciones Adicionales, una Transitoria y siete Finales, t ambién a consultar por el lector interesado. 137) Res. 23 Jun. 2020 – Mº Transporte, M. y A. U. (BOE de 27 Jun. 2020, pág. 45290; Ar. 1060) TRANSPORTE MARÍTIMO – PUERTOS – TURISMO. Medidas restrictivas a los buques de pasaje tipo crucero, para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. 138) Res. 25 Jun. 2020 _ Mº Asuntos Económicos y T. D. (BOE de 27 Jun. 2020, pág. 45294; Ar. 1061) INTERÉS DE DEMORA. Publica el tipo legal aplicable a las operaciones comerciales durante el segundo semestre n atural del año 2020 (8 por ciento). 139) Res. 25 Jun. 2020 – C. Diputados (BOE de 30 Jun. 2020, pág. 45470; Ar. 1067) ESTADO DE ALARMA. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del R. D. - ley 9 Jun. 2020 nº 21/2020, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. 140) O. M. 29 Jun. 2020 nº INT/578/2020 (BOE de 30 Jun. 2020, pág. 45471; Ar. 1066) ESTADO DE ALARMA – FRONTERAS. Modifica los criterios para la apli cación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. “Con el fin de n o tener

11. 32) Res. 15 Abr. 2020 – Agencia E. A. T. (BOE de 21 Abr. 2020, pág. 29390; Ar. 638) TRIBUTACIÓN. Modifica la Res. 11 Mar. 2020 sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades c olaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN). Anotar al nº 104 de la Circular de ASTIC 2279. 33) O. M. 20 Abr. 2020 nº INT/356/2020 – Mº Interior (BOE de 21 Abr. 2020, pág. 29392; Ar. 637) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – UNIÓN EUROPEA. Prorroga los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europe a y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Esta medida, igual que la O. M. 8 May. 2020 nº INT/396/2020, la O. M. 11 May. 2020 nº INT/401/2020, y la O. M. 23 May. 2020 nº SND/439/2020, se impone conforme al Reglamento (UE) 2016/399 de 9 Marzo 2016, que establece un Código de normas de la Unión Europea para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen). Anotar al nº 110 de la Circular de ASTI C 2279. Ver números 53, 59, 60, 66 y 88 de la presente Circular. 34) Ley Foral 6 Abr. 2020 nº 7/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 21 Abr. 2020, pág. 29404; BON 9 Abr. 2020) ESTADO DE ALARMA – NAVARRA – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS – VIAJEROS – TRIBUTACIÓN – T ASAS. Aprueba medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID - 19). Incluye previsiones en materia de contratación pública – posibilidad de prórroga del plazo de duración de estos contratos - (art. 2), suspen sión de plazos en el ámbito tributario (art. 13) y aplazamiento de deudas tributarias (art. 14), y tasas (art. 15). Modifica el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones P. y A. J. D., aprobado por D. Foral Legislativo 26 Abr. 1999 nº 129/1999 (Disp . adic. segunda), etc. 35) R. D. - ley 21 Abr. 2020 nº 15/2020 – Jefatura del E. (BOE de 22 Abr. 2020, pág. 29473; Ar. 640) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – PYMES – TRABAJADORES – AUTÓNOMOS – TRIBUTACIÓN – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Establece medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Así, para pago de renta de locales en alquiler, para reforzar la financiación de las empresas (conceder

36. transporte de mercancías peligrosas; U NE - EN 16842 - 9:2020/AC:2020, sobre carretillas industriales; y UNE - EN ISO 4180:2020, sobre envases y embalajes. 116) Res. 1 Jun. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 10 Jun. 2020, pág. 39025) NORMALIZACIÓN. Somete a información pública los proyectos de nor mas europeas e internacionales que han sido tramitados como proyectos de norma UNE por AENOR, correspondientes a Mayo 2020. Destacamos especialmente: PNE - EN ISO 3691 - 6:2015/prA1, sobre carretillas de manutención; PNE - FprCEN ISO/TS 21176, sobre sistemas int eligentes de transporte (cooperativos); PNE - FprCEN/TR 17544, sobre combustibles para automóviles; PNE - prEN 1459 - 9, sobre carretillas todo terreno; y PNE - prEN 17507, sobre vehículos de carretera. 117) Res. 5 Jun. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 1 1 Jun. 2020, pág. 22119) AYUDAS – AUTÓNOMOS. Convoca a la solicitud de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2020. El BOE publica la Res. en extracto. Su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocato rias. 118) Res. 10 Jun. 2020 – C. Diputados (BOE de 12 Jun. 2020, pág. 39564; Ar. 970) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – PYMES – AUTÓNOMOS – TRIBUTACIÓN. Publica el Acuerdo de convalidación del R. D. - ley 26 May. 2020 nº 19/2020, que adopta medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social, y tributarias, para paliar los efectos del COVID - 19. Ver nº 93 de la presente Circular. 11 9) O. M. 11 Jun. 2020 nº SND/518/2020 – Mº Sanidad (BOE de 12 Jun. 2020, pág. 39566; Ar. 973) ESTADO DE ALARMA – TURISMO – BALEARES. Regula la autorización de un programa piloto de apertura de “corredores” turísticos seguros en la Comunidad Autónoma de Isl as Baleares mediante el levantamiento parcial de los controles temporales en las fronteras interiores establecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Su anexo ha sido modificado por O. M. 16 Jun. 2020 nº ICT/534/2020 . Ver nº 126 de la presente Circular.

15. 45) Res. 29 Abr. 2020 – Mº Asuntos Económico s y T. D. (BOE de 30 Abr. 2020, pág. 30759; Ar. 687) ESTADO DE ALARMA – PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO – FIRMA ELECTRÓNICA. Acuerda la continuación de los procedimientos administrativos de autorización de nuevos sistemas de identificación y firma electrónica mediante clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido a que se refieren los artículos 9.2 c) y 10.2 c) de la Ley 39/2015, de 1 Octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en aplicación de la Disp. adic . tercera del R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, que se declara el estado de alarma por el COVID - 19. 46) Res. 29 Abr. 2020 – C. Diputados (BOE de 1 May. 2020, pág. 30832; Ar. 691) ESTADO DE ALARMA – TRIBUTACIÓN – EMPRESAS – PYMES – TRABAJADORES – AUTÓNOMOS. Convalida el R. D. - ley 14 Abr. 2020 nº 14/2020, que extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias. Ver nº 29 de la presente Circular. 47) O. M. 3 May. 2020 nº TMA/384/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 3 Mayo 2020, pág. 31098; Ar. 709) ESTADO DE ALARMA – MASCARILLAS – CONDUCTORES – TRABAJADORES – VIAJEROS – TAXIS – T. AÉREO – T. FERROVIARIO – T. MARÍTIMO – ESTACIONES DE AUTOBUSES – AEROPUERTOS – PUERTOS. Dicta instrucciones sobre el us o de mascarillas de protección en los distintos medios de transporte y fija requisitos para garantizar una movilidad segura de personas. Declara obligatorio el uso de mascarillas que cubran nariz y boca por todos los usuarios del transporte en autobús, fer rocarril, aéreo y marítimo; y también en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor; los trabajadores de los servicios de transporte en contacto directo con los viajeros deberán ir provistos de mascarillas y tener acceso a soluciones hidroalcoh ólicas para higiene de manos (art. 1). Establece las condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre: privados (particulares y complementario) de viajeros; públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas incluido el conductor; cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros con una sola fila de asientos; transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, y ferroviario, en los que todos los ocupantes deban ir sentados; transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano, en que existan plataformas para viajeros de pie

37. 120) O. M. 12 Jun. 2020 nº SND/520/2020 – Mº Sanidad (BOE de 13 Jun. 2020, pág. 39946; Ar. 980) ESTADO DE ALARMA – CEUTA – T. AÉREO – T. MARÍTIMO – PUERTOS – EMPRESAS – TRABAJADORES – PYMES – AUTÓNOMOS – COMERCIO – TU RISMO. Modifica diversas órdenes ministeriales para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma y establece las unidades territoriales que progresan a la “fase” 3 del Plan para l a transición hacia la normalidad. En concreto: la O. M. 16 Mar. 2020 nº TMA/241/2020, sobre medidas de transporte a aplicar a las conexiones entre la Península y la Ciudad de Ceuta (art. 1); la O. M. 18 May. 2020 nº TMA/419/2020, sobre transporte marítimo (art. 2); la O. M. 16 May. 2020 nº SND/414/2020, sobre flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la “fase” 2 del Plan para la transición hacia la normalidad (art. 3); la O. M. 30 May. 2020 nº SND/458/2020, ídem en aplicación de la “fase” 3 ídem (art. 4); y la O. M. 1 Jun. 2020 nº SND/487/2020, ídem “fases” 2 y 3 en servicios aéreos y marítimos (art. 5). Anotar al nº 94 de la Circular de ASTIC 2279 y a los números 7 2, 98 y 99 de la presente Circular. 121) O. M. 13 Jun. 2020 nº SND/521/2020 – Mº Sanidad (BOE de 15 Jun. 2020, pág. 40009; Ar. 983) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – UNIÓN EUROPEA – CEUTA – MELILLA FRONTERAS. Prorroga los criterios para la aplicación de una r estricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Esta prórroga sucede a las acor dadas por O. M. 20 Abr. 2020 nº INT/356/2020 y O. M. 14 May. 2020 nº INT/409/2020. Su art. 1.3 prevé que “[c]on el fin de no tener que recurrir al procedimiento administrativo de denegación de entrada [...], se colaborará con los transportistas [etc.]”. Su a rt. 2 mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla, acordado en la O. M. 21 Mar. 2020 nº INT/270/2020. Anotar al nº 110 de la Circular de ASTIC 2279 y a los números 33 y 66 de la presente Circular. 122) R. D. - Ley 16 Jun. 2020 nº 22/2020 – Jefatura del E. (BOE de 17 Jun. 2020, pág. 40624; Ar. 991) ESTADO DE ALARMA – “FONDO COVID - 19” – COMUNIDADES AUTÓNOMAS – VIAJEROS – CONCESIONES DE AUTOBUS ES. Regula la

12. aplazamientos de las cuotas de los préstamos concedidos, uso de seguros de crédito y caución, avale s), IVA de los productos sanitarios – modifica la Ley 37/1992, de 28 Diciembre - , pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades y otros impuestos, posibilidad de cambio en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del régimen de estimación obj etiva al simplificado, cambios en los procedimientos de contratación administrativa - modifica la Ley 9/2017, de 8 Noviembre - , etc.; aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social – modifica la Ley de ésta, aprobada por R. D. Legislativo 8/2015, de 30 Octubre; se modifica el R. D. - ley 8/2020, de 17 Mar. (art. 22: definición del concepto de “fuerza mayor” a efecto de ERTEs, y otros preceptos), el R. D - ley 9/2020, de 24 Mar. y el R. D. - ley 11/2020, de 31 Mar.; otras previsiones se refieren al ámbit o portuario, etc. Se trata, pues, de una disposición amplia y de contenido heterogéneo, muy difícil de resumir y de necesaria consulta directa por el lector interesado. Modificado por R. D. - ley 28 Abr. 2020 nº 16/2020 y por R. D. - ley 26 May. 2020 nº 19/202 0. Ver números 44 y 93 de la presente Circular. Su convalidación, por Res. 13 May. 2020, del C. Diputados. Ver nº 64 de la presente Circular. 36) D. - ley 25 Mar. 2020 nº 2/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 22 Abr. 2020, pág. 29545; DOE 27 Mar. 2020) ESTADO DE ALARMA – EXTREMADURA – TRIBUTACIÓN. Establece medidas urgentes de carácter tributario para paliar los efectos del COVID - 19 en dicha Comunidad Autónoma. Se refiere sobre todo a prórroga en los plazos de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesion es y D. y sobre Transmisiones P. y A. J. D., y a exención de garantías en aplazamientos y fraccionamientos de pago de deudas tributarias. 37) D. - ley 25 Mar. 2020 nº 3/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 22 Abr. 2020, pág. 29549; DOE 27 Mar. 2020) ESTADO DE A LARMA – EXTREMADURA – CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA – VIAJEROS. Aprueba medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID - 19. Incluye medidas en materia de contratos del transporte e scolar (art. 8). 38) D. - ley 25 Mar. 2020 nº 4/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 22 Abr. 2020, pág. 29559; DOE 2 Abr. 2020) ESTADO DE ALARMA – EXTREMADURA – CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA – VIAJEROS. Adopta medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito de la contratación pública para

27. 87) D. - ley 24 Abr. 2020 nº 8/2020 – Presidencia C. A. (BOE nº 145, de 23 May. 2020, pág. 34048; y BOE nº 151, de 28 May. 2020, pág. 35183; DOE 27 Abr. 2020 y 8 May. 2020) ESTADO DE ALARMA – EXTREMADURA – TRABAJADORES. Medidas urgentes y extraordinarias p ara el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID - 19. 88) O. M. 23 May. 2020 nº SND/439/2020 – Mº Sanidad (BOE nº 146, de 23 May. 2020, pág. 34258; Ar. 849) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – FRONTERAS – UNIÓN EUROPEA. P rorroga durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas, los controles en las fronteras interiores terrestres, aéreas y marítimas con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Esta medida, igual que la O. M. 8 May. 2020 nº INT/396/2020 y la O. M. 11 May. 2020 nº INT/401/2020, se impone conforme al Reglamento (UE) 2016/399 de 9 Marzo 2016, que establece un Código de normas de la Unión Europea para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen). Ver números 33, 53, 59, 60 y 88 de la presente Circular. 89) O. M. 23 May. 2020 nº SND/440/2020 – Mº Sanidad (BOE nº 146, de 23 May. 2020, pág. 34261; Ar. 850) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – COMERCIO – ITV – TURISMO. Modifica div ersas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19 en aplicación del Plan para la transición hacia la normalidad. Su Apdo. Cinco: modifica el 47 de la O. M. 9 May. 2020 nº SND/399/2020 en sentido de que se podrán realiza r actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta veinte personas. Ver nº 57 de la presente Circular. 90) O. M. 23 May. 2020 nº SND/441/2020 – Mº Sanidad (BOE nº 146, de 23 May. 2020, pág. 34273; Ar. 851) ESTADO DE ALARMA – T. AÉREO – A EROPUERTOS – T. MARÍTIMO – PUERTOS. Prorroga hasta la finalización del estado de alarma la aplicación de la O. M. 14 May. 2020 nº TMA/410/2020 - ampliada por O. M. 17 May. 2020 nº TMA/415/2020 - que limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pas aje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional. Por O. M. 25 May. 2020 nº TMA/444/2020 y por O. M. 28 May. 2020 nº TMA/454/2020 se amplía el número de puertos, y por O. M. de 5 Jun. 2020 nº TMA/505/2002, la de

21. 63) Res. 8 May. 2020 – Mº Universidades (BOE de 13 May. 2020, pág. 32456; Ar. 775) FORMACIÓN PROFESIONAL – TURISMO. Publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 Abr. 2020, que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Destacamos especialmente: Doctorado en Turismo, por la Universidad Autónoma de Barcelona. 64) Res. 13 May. 2020 – C. Diputados (BOE de 15 May. 2020, pág. 33173; Ar. 795) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – PYMES – TRABAJADORES – AUTÓNOMOS – TRIBUTACIÓN – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Ordena la publicación del Acuerdo de conval idación del R. D. - ley 21 Abr. 2020 nº 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Ver nº 35 de la presente Circular. 65) Res. 13 May. 2020 – C. Diputados (BOE de 15 May. 2020, pág. 33174; Ar. 794) ESTADO DE ALARMA – T RIBUNALES DE JUSTICIA. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del R. D. - ley 28 Abr. 2020 nº 16/2020, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID - 19 en el ámbito de la Administración de Justicia. Ver nº 44 de la presente Ci rcular. 66) O. M. 14 May. 2020 nº INT/409/2020 – Mº Interior (BOE de 15 May. 2020, pág. 33175; Ar. 793) ESTADO DE ALARMA – VIAJEROS – FRONTERAS – UNIÓN EUROPEA. Prorroga los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindi bles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Ver números 33, 53, 59 y 60 de la presente Circular. 67) O. M. 14 May. 202 0 nº TMA/410/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 15 May. 2020, pág. 33178; Ar. 792) ESTADO DE ALARMA – T. AÉREO – AEROPUERTOS – T. MARÍTIMO – PUERTOS. Limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada de signados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional. La relación de estos puntos ha sido después ampliada por O. M. 17 May. 2020 nº TMA/415/2020, O. M. 25 May. 2020 nº TMA/444/2020, O. M. 28 May. 2020 nº TMA/454/2 020 y O. M. 5 Jun. 2020 nº TMA/505/2020. Su aplicación temporal ha sido prorrogada

3. INDICE CRONOLÓGICO 1) R. D. - ley 31 Mar. 2020 nº 11/2020 – Jefatura del E. (BOE 1 Abr. 2020, pág. 27885; y BOE 9 Abr. 2020, pág. 28728; Ar. 524) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – PYMES – TRABAJADORES – AUTÓNOMOS – ADUANAS – TRIBUTACIÓN – RÉGIMEN LOCAL – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS – TRIBUNALES DE JUSTICIA – TURISMO. Ado pta un conjunto de medidas urgentes, muy heterogéneas, complementarias de las dispuestas en anteriores normas, en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID - 19. Destacamos las medidas de apoyo a los autónomos, de apoyo a la industrialización – también del sector turístico - , flexibilización en materia de suministros para PYMEs y autónomos – también con ciertas concesiones en la exigencia de pago de las deudas de carácter aduanero, y determinadas deudas tributarias - . Igualmente, modifica la Ley 7/1 985, de 2 Abr., de Bases del Régimen Local (Disp. Final Segunda), y la Ley 9/2017, de 8 Noviembre, de Contratos del Sector Público (Disp. Final Séptima). En cuanto a la Administración de Justicia, determina que el Gobierno aprobará un plan específico de ac tuación en el ámbito de las jurisdicciones social y contencioso - admiva. así como en al ámbito de los Juzgados de lo Mercantil, para hacer frente al previsible incremento de asuntos relacionados con despidos, reclamaciones de responsabilidad patrimonial y c oncursos (Disp. adic. decimonovena). La extensión y el detalle de las medidas dificulta su resumen, haciendo recomendable, en su caso, la consulta directa del texto de este R. D. - ley por el lector interesado. En cualquier caso, no contiene previsiones espe cíficas y directas sobre transporte, ni de viajeros ni de mercancías. Ver nº 4 de la presente Circular - . Su convalidación, por Res. 9 Abr. 2020 del C. Diputados. Modificado por R. D. - ley 28 Abr. 2020 nº 16/2020 y R. D. - ley 26 May. 2020 nº 19/2020. Ver núme ros 25, 44 y 93 de la presente Circular. 2) O. M. 2 Abr. 2020 nº INT/317/2020 – Mº Interior (BOE 3 Abr. 2020, pág. 28186; Ar. 537) ESTADO DE ALARMA – VEHÍCULOS – PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO – RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN – TRANSPORTE SANITARIO. Desarro lla el R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19, en materia de matriculación y cambio de titularidad de determinados vehículos. En los procedimientos admi nistrativos descritos en el anexo I, en los casos que

10. normas europeas ratificadas durante Marzo 2020 como normas españolas. Destacamos especialmente: UNE - CEN/TR 17370:2019, sobre transporte público (sic, sin más especificac iones); UNE - CEN/TR 17401:2020, sobre sistemas inteligentes de transporte (ITS urbanos); UNE - CEN/TR 17447:2020, sobre uso de posicionamiento basado en GNSS para los sistemas de transporte inteligentes por carretera (ITS); UNE - CEN/TS 13149 - 7:2020, sobre tran sporte público (sistemas de programación y control para vehículos de carretera); y UNE - CEN/TS 16702 - 1:2020 y UNE - CEN/TS 16702 - 2:2020, ambas sobre peaje electrónico. 28) Res. 31 Mar. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 13 Abr. 2020, pág. 28930) NORMALIZAC IÓN. Publica la relación de normas UNE aprobadas por AENOR durante Marzo 2020. Destacamos especialmente: UNE - EN 12817:2020, UNE - EN 12819:2020, UNE - EN 13175:2020 y UNE - EN 16652 - 2:2020, las cuatro sobre equipos y accesorios para GLP. 29) R. D. - ley 14 Abr. 2 020 nº 14/2020 – Jefatura del E. (BOE de 15 Abr. 2020, pág. 28966; Ar. 603) ESTADO DE ALARMA – TRIBUTACIÓN – EMPRESAS – PYMES – TRABAJADORES – AUTÓNOMOS. Extiende el plazo para presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tribut arias. Convalidado por Res. 29 Abr. 2020 del C. Diputados. Ver nº 46 de la presente Circular. 30) Res. 14 Abr. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 15 Abr. 2020, pág. 28986; Ar. 606) ESTADO DE ALARMA – TIEMPOS DE CONDUCCIÓN – VIAJEROS. Exceptúa temporalmente - de 13 Abr. 2020 a 31 Mayo 2020, ambos inclusive - el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes por carretera. Afecta al transporte, tanto de mercancías (apdo. primero) como de viajeros en el sector agrí cola (apdo. segundo). Se refiere a los arts. 6.1, 8.1, 8.6, 8.8 del Reglto. (CE) nº 561/2006 de 15 Mar. 2006. 31) Res. 14 Abr. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 16 Abr. 2020, pág. 29020; Ar. 611) ESTADO DE ALARMA – MASCARILLAS – CONDUCTORES – VIAJEROS. Complementa la Resolución de 2 Abr. 2020, por la que se dictan instrucciones para la distribución de las mascarillas de protección en el ámbito del transporte terrestre. Afecta al transporte, tanto de viajeros como de mercancías. Ver nº 3 de la p resente Circular.

29. novena - , el R. D. - ley 21 Abr. 2020 nº 15/2020 - Disp. Final undécima - y el R. D. - ley 12 May. 2020 nº 18/2020 - Disp. final decimotercera - . Anotar a los números 86 y 101 de la Circular de ASTIC 2279, y a los números 1, 35 y 61 de la presente Circular. No contiene previsiones específicas en materia de tran sporte. Este R. D. - ley 26 May. 2020 nº 19/2020 ha sido convalidado por Res. 10 Jun. 2020 del C. Diputados. Ver nº 118 de la presente Circular. 94) Res. 16 May. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 27 May. 2020, pág. 34519; Ar. 862) ESTADO DE ALARMA – BALEARES – TRANSPORTE AÉREO. Pone fin a la adjudicación directa del servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca - Menorca y Palma de Mallorca - Ibiza durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID - 19, que había sido establec ida conforme a la O. M. 17 Mar. 2020 nº TMA/247/2020. Anotar al nº 99 de la Circular de ASTIC 2279. 95) Res. 22 May. 2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 27 May. 2020, pág. 34521; Ar. 861) ESTADO DE ALARMA – CANARIAS – TRANSPORTE AÉREO. Pone fin a la adjudicación directa del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID - 19, que había sido establecida conforme a la O. M. 17 Mar. 2020 nº TMA/246/2020. Anotar al nº 98 de la Circular de ASTIC 2279. 96) O. M. 28 May. 2020 nº TMA/454/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 29 May. 2020, pág. 35310; Ar. 888) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE MARÍTIMO – PUERTOS. Amplía la relación de puertos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional. Ya hubo una primera ampliación por O. M. 25 May. 2020 nº TMA/444/2020. Anotar a los números 67, 73, 90 y 92 de la presente Circular. 97) Res. 27 May. 2020 – C. Diputados (BOE de 30 May. 2020, pág. 35826; Ar. 895) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – PYMES – AUTÓNOMOS. Publica el Acuerdo de convalidación del R. D. - ley 12 May. 2020 nº 18/2020, de medidas sociales en defensa del empleo. Ver nº 61 de la presente Circul ar. 98) O. M. 30 May. 2020 nº SND/458/2020 – Mº Sanidad (BOE de 30 May. 2020, pág. 35832; Ar. 896) ESTADO DE ALARMA –

9. CARBURANTES – ESTACIONES DE SERVICIO. Establece las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los servicios esenciales para la distribución al por menor de carburantes y combustibles en estaciones de servicio y postes marítimos, como consecuencia de la declaración del estado de alarma por R. D. 14 Mar. 2020 nº 463/2020, para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID - 19. Anotar al nº 88 de la Circular de ASTIC 2279. 23) Res. 9 Abr. 2020 – C. Diputados (BOE de 13 Abr. 2020, pág. 28910; Ar. 597) ESTADO DE ALARMA – TRABAJADORES – COOPERATIVAS – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Publica el Acuerdo de convalidación del R. D. - ley 27 Mar. 2020 nº 9/2020, que adopta medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID - 19. Anotar al nº 118 de la Circular de ASTIC 2279 24) Res. 9 Abr. 2020 – C. Diputados (BOE de 13 Abr. 2020, pág. 28911 ; Ar. 598) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – VIAJEROS. Publica el Acuerdo de convalidación del R. D. - ley 27 Mar. 2020 nº 10/2020, que regula un permiso retribuido recuperable para trabajadores por cuenta ajena que no presten servicios esenciales , con el fin de reducir la movilidad de la población en la lucha contra el COVID - 19. Anotar al nº 121 de la Circular de ASTIC 2279. 25) Res. 9 Abr. 2020 – C. Diputados (BOE de 13 Abr. 2020, pág. 28912; Ar. 599) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – PYMES – TRABAJ ADORES – AUTÓNOMOS – ADUANAS – TRIBUTACIÓN – RÉGIMEN LOCAL – CONTRATOS ADMINISTRATIVOS – TRIBUNALES DE JUSTICIA Publica el Acuerdo de convalidación del R. D. - ley 31 Mar. 2020 nº 11/2020, que adopta un conjunto de medidas urgentes, heterogéneas, complementa rias de las dispuestas en anteriores normas, en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID - 19. Ver nº 1 de la presente Circular. 26) Res. 31 Mar. 2020 – Mº Industria, C. y T. (BOE de 13 Abr. 2020, pág. 28921) NORMALIZACIÓN. Somete a informaci ón pública los proyectos de norma UNE que AENOR tiene en tramitación, correspondientes a Marzo 2020. Destacamos especialmente: PNE 60797 y PNE 60798, sobre estaciones de servicio de gas natural (GNC y GNL, respectivamente). 27) Res. 31 Mar. 2020 – Mº Indu stria, C. y T. (BOE de 13 Abr. 2020, pág. 28923) NORMALIZACIÓN. Publica la relación de

51. TRABAJADORES – 1, 7, 23, 24, 25, 29, 35, 43, 44, 46, 47, 48, 52, 57, 58, 61, 64, 72, 76, 80, 87, 89, 93, 97, 98, 108, 111, 118, 120, 1 30, 136 TRABAJADORES AUTÓNOMOS – 1, 21, 23, 25, 29, 43, 46, 48, 56, 61, 64, 75, 93, 97, 98, 108, 117, 118, 120, 125, 127, 136 TRACTORAS (cabezas) – ver Vehículos TRÁFICO – ver Circulación TRANSITARIOS – s/c en esta Circular TRANSPORTE PÚBLICO (sic, sin más especificaciones) – 27, 129 TRATADOS INTERNACIONALES – ver Convenios internacionales TRIBUNALES DE JUSTICIA – 1, 20, 25, 42, 44, 49, 50, 51, 52, 55, 65, 82, 83, 84, 105, 104, 107, 109, 110 TRIBUTACIÓN – 1, 8, 9, 25, 29, 32, 34, 35, 36, 43, 46, 64, 93, 101, 118, ver además cada Impuesto por su nombre, Procedimiento adm. tributario, Tasas TURISMO – 1, 23, 57, 63, 72, 89, 98, 108, 111, 119, 120, 125, 126, 127, 137, 139, ver además Agencias de viajes, Viajeros (transporte de) UNIÓN EUROPEA – 33, 53, 59, 60, 66, 88, 121, 132, 134, 140, ver además conceptos más concretos URBANO (transporte) – 20, 23, 27, 42, 47, 51, 55, 58, 81, 82, 84, 101, 104, 107, 108, 113 UZBEKISTÁN – 109 VEHÍCULOS (de transporte por carretera) – 2, 20, 27, 42, 51, 54, 55, 70, 72, 82, 84, 104, 107, 109, 116, 124, 125, 131 VIAJEROS (transporte por carretera de) – 3, 20, 23, 24, 30, 31, 33, 34, 37, 38, 42, 47, 51, 53, 55, 58, 59, 60, 66, 72, 80, 81, 82, 84, 85, 86, 88, 91, 99, 101, 104, 107, 108, 111, 121, 122 , 124, 125, 135, 139, ver además Turismo y conceptos comunes al transporte de mercancías A.S.T.I.C. FRANCISCO SÁNCHEZ - GAMBORINO Asesoría Jurídica C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de ASTIC

28. aeropuertos, designados como puntos de entrada. Ver números 67, 73, 90, 92, 96 y 106 de la presente Circular. 91) D. - ley 24 Mar. 2020 nº 8/2020 – Presidencia C. A. (BOE de 25 May. 2020, pág. 34279; DOGC 25 Mar. 2 020) ESTADO DE ALARMA – CATALUÑA – VIAJEROS – TRANSPORTE ESCOLAR – CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA – CONCESIONES DE AUTOBUSES. Modifica parcialmente el D. - ley 17 Mar. 2020 nº 7/2020, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, y de adopción de otras medidas complementarias. Concretamente, en materia de contratación del transporte, modifica el art. 1 de dicho D. - ley nº 7/2020. Anota r al nº 85 de la presente Circular. 92) O. M. 25 May. 2020 nº TMA/444/2020 – Mº Transportes, M. y A. U. (BOE de 26 May. 2020, pág. 34374; Ar. 856) ESTADO DE ALARMA – TRANSPORTE MARÍTIMO – PUERTOS. Amplía la relación de puertos de entrada designados con ca pacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional, previstos en la O. M. 23 May. 2020 nº SND/441/2020 (art. único, apdo. 1). La O. M. 28 May. 2020 nº TMA/454/2020 procede a una nueva ampliación. Ver números 67, 73, 90 y 96 de la presente Circular. 93) R. D. - ley 26 May. 2020 nº 19/2020 – Jefatura del E. (BOE de 27 May. 2020, pág. 34486; Ar. 860) ESTADO DE ALARMA – EMPRESAS – TRABAJADORES – PYMES – AUTÓNOMOS – TRIBUTACIÓN. Adopta medidas complementarias en materia agraria, cient ífica, económica, de empleo y Seguridad Social, y tributarias para paliar los efectos del COVID - 19. Conjunto de heterogéneas medidas, relativas a diversos ámbitos. Entre ellas, en el ámbito tributario: Impuesto sobre Sociedades - art. 12 - , modifica el texto refundido de la Ley del Impuesto de Transmisiones P. y A. J. D., aprobado por el R. D. Legislativo 24 Sep. 1993 nº 1/1993 - Disp. Final Primera - ; en el ámbito económico, empresarial y laboral: modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Traba jadores, aprobado por R. D. Legislativo 23 Oct. 2015 nº 2/2015 - Disp. Final Quinta - y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por R. D. Legislativo 30 Oct. 2015 nº 8/2015 - Disp. final Sexta - . También varias disposiciones dicta das con motivo de esta pandemia: entre otros, el R. D. - ley 7/2020, de 12 Mar. - Disp. final Séptima - , el R. D. - ley 17 Mar. 2020 nº 8/2020 - Disp. final Octava - , el R. D. - ley 31 Mar. 2020 nº 11/2020 - Disp. Final

44. que recurrir al procedimiento administrativo de denegación de entrada en los casos previstos en el apartado anterior, se colaborará con los transportistas y las autoridades de los Estados vecinos al objeto de que no se permita el viaje” (art. 1.2). INDICE ALFABÉTICO ABASTECIMIENTO (Alimentos) – 20, 42, 51, 55, 82, 84, 104, 107 ABOGADOS – ver Tribunales de Justicia ACCESO A LA PROFESIÓN TRANSPORTISTA – ver Autorizaciones, Formación profesional ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN – ver Circulación ACCIDENTES DE TRABAJO – ver Trabajadores ACCIDENTES DE TRÁFICO – ver Circulación ACTIVIDAD COMERCIAL – ver Comercio, y conceptos más concretos ACTIVIDADES AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS DEL T. – s/c en esta Circular ACUERDOS INTERNACIONALES – ver Convenios internacion ales ADR (Convenio int. transporte m. peligrosas) – 10, 11, 12, 18, 19, 109, 128, ver además Peligrosas, mercancías ADUANAS – 1, 20, 25, 39, 42, 51, 55, 82, 84, 104, 107 AENOR – ver Normalización AEREO (transporte) – 20, 42, 47, 51, 55, 58, 59, 60, 67, 73, 74, 79, 82, 84, 90, 94, 95, 99, 104, 106, 107, 111, 112, 120, 128, 132, 135, ver además Aeropuertos, Fronteras AEROPUERTOS – 20, 42, 47, 51, 55, 67, 73, 74, 82, 84, 90, 104, 106, 107, 111, 123, 139 AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – ver Tribut ación AGENCIAS DE TRANSPORTE – s/c en esta Circular AGENCIAS DE VIAJES – 135, ver además Turismo, Viajeros (transporte de) ALIMENTOS (transporte de) – 20, 42, 51, 55, 82, 84, 104, 107, 131 ALMACENISTAS - DISTRIBUIDORES – s/c en esta Circular AMBULANCIAS – ver Sanitario, transporte ANIMALES VIVOS (Transporte de) – 101, 102 ASOCIACIONES (de transportistas y actividades relacionadas) – 103 ASTIC – s/c en esta Circular ATP (Acuerdo int. transporte mercancías perecederas) – 131 AUTOBUSES Y AUTOCARES – ver Vehícu los

46. CÓDIGO DE LA CIRCULACIÓN – ver Circulación COMBUSTIBLES – ver Carburantes, Peligrosas (mercancías, transporte de) COMERCIO – 57, 72, 89, 98, 108, 111, 120, 127, 139 COMERCIO EXTERIOR – 39 COMPRAVENTA INTERNACIONAL – ver Comercio exterior COMUNICACIONES ELECTRONICAS – ver Telemática COMUNIDAD EUROPEA – ver Unión Europ ea COMUNIDADES AUTÓNOMAS – 20, 42, 51, 55, 82, 84, 104, 107, 122, 124, ver además cada una por su nombre CONCESIONES DE AUTOBUSES – 20, 42, 51, 55, 82, 84, 85, 91, 101, 104, 107, 111, 122, 129, ver además Contratos administrativos, Viajeros (transporte de) CONCURSOS DE ACREEDORES – 1, 44, 49 CONDUCTORES – 3, 5, 11, 31, 47, 58, 102, ver además Trabajadores CONSEJEROS DE SEGURIDAD – 11 CONTENEDORES – 114 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA – Ver Contratos administrativos CONTRATO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS – ver Car ta de porte CMR electrónica CONTRATO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS – s/c en esta Circular CONTRATOS ADMINISTRATIVOS – 1, 8, 9, 23, 25, 34, 35, 37, 38, 43, 44, 48, 64, 85, 86, 91 CONTROLES SANITARIOS EN FRONTERAS – ver Fronteras CONVENIO CMR – 109 CONVENIOS COLECTIVOS – ver Trabajadores CONVENIOS INTERNACIONALES (Multilaterales) – 10, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 19, 108, 128, 131 COOPERATIVAS – 23, 130 CORONAVIRUS – 124, 126, ver Estado de Alarma COTIF (Convenio sobre transp. ferroviario) – 128 COVID - 19 (Coronavirus) – 124, 126, ver Estado de Alarma CRISIS SANITARIA (por pandemia de Coronavirus) – ver Estado de alarma CROACIA – 109 DEUDORES – ver Concursos de acreedores, Interés de demora, Morosidad DINERO ELECTRÓNICO – ver Peaje electrónico ECOLOGÍA – V er Medio ambiente EMBALAJES – ver Envases y embalajes EMPLEADOS – ver Trabajadores

45. AUTOMÓVILES – ver Vehículos AUTONOMIAS – ver Comunidades Autónomas, y además cada una por su nombre AUTÓNOMOS (transportistas) – 1, 4, 21, 23, 25, 29, 35, 43, 46, 48, 56, 61, 64, 75, 93, 97, 98, 108, 117, 118, 120, 125, 127, 136, ver además sus Impuest os AUTORIZACIONES (de transporte) – 49, 102, ver además Formación profesional AUTOTAXIS – ver Taxis AVALES – 21, 35, 56, 75, 125 AVIACIÓN – ver Aéreo, transporte AYUDAS (en general) – 43 AYUDAS (a Asociaciones de transportistas) – 103 AYUDAS (a Transport istas autónomos que abandonen la actividad) – 117 AYUDAS (otras) – 48, 79, 124, 125, 129, 132 AYUDAS PÚBLICAS – ver Ayudas AYUNTAMIENTOS – ver Urbano (transporte) AZERBAIJÁN – 109 BALEARES – 58, 79, 94, 99, 112, 119, 126 “BAREMO” (para valoración de daños personales en accidentes de circulación) – 6 BILLETE (en transporte de viajeros) – 20, 42, 51, 55, 82, 84, 104, 107, 129 CADUCIDAD (plazos) – 84 CAMIONES – ver Vehículos CANARIAS – 58, 95, 99, 112, 132 CAPACIDAD FINANCIERA (para autorizaciones de transporte) – 49 CAPACITACIÓN PROFESIONAL (para transportistas) – ver Formación profesional CARBURANTES – 20, 22, 42, 51, 55, 68, 82, 84, 104, 107, 116, 124, ver además Energías alternativas, Peligrosas (mercancías, transporte de) CARRETERAS – 101 CARRETILLAS DE MANUTENCIÓN – 115, 116 CARTA DE PORTE CMR ELECTRÓNICA – 109 CATALUÑA – 85, 91, 100, 101, 129, 130 CEE – ver Unión Europea, y conceptos concretos CENTRALES SINDICALES – ver Trabajadores CEUTA – 1 20, 121, 124 CIRCULACIÓN – 6, 109, ver además Restricciones a la circulación CISTERNAS – 12, 14, 17, 19, 69, 114, 115, ver además Peligrosas (mercancías, transporte de) CMR – ver Convenio CMR

48. GASOLEO – ver Carburantes GASOLEO PROFESIONAL – ver Carburantes GASOLINERAS – ver Estaciones de servicio, Carburantes, Peligrosas (mercancías, t.), ADR (Convenio) GLP – ver Gases Licuados del Petróleo HACIENDA PÚBLICA – ver Tributación HIDROCARBUROS – ver Carburantes HORARIOS COMERCIALES – ver Comercio IAE – ver Impuesto sobre Actividades Económicas IMDG (Código para transp. marítimo de mercs. peligrosas) – 128 IMPORTACIÓN – ver Comercio exterior IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS – 78 IMPUERSTIO SOBRE LA RENTA DE LAS P. F. – s/c en esta Circular IMP UESTO SOBRE SOCIEDADES – 93 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y D. – 36 IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES P. Y A. J. D. – 9, 34, 36, 93 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO – s/c en esta Circular INDUSTRIA – ver Empresas, Vehículos y otros conceptos relacionados INFRACCIONE S Y SUS SANCIONES (de transporte) – s/c en esta Circular INFRAESTRUCTURAS (de transporte por carretera) – ver Carreteras INGLATERRA – ver Reino Unido INMIGRANTES – ver Fronteras, Trabajadores INSOLVENCIA – ver Concursos de acreedores INSPECCIÓN TÉCNICA D E VEHÍCULOS – 57, 71, 89 INTERÉS DE DEMORA (comercial) – 138 IRPF – s/c en esta Circular ITV – ver Inspección Técnica de Vehículos IVA – s/c en esta Circular JUNTAS ARBITRALES DEL TRANSPORTE – s/c en esta Circular JUSTICIA (en general) – ver Tribunales de Justicia LEY DEL CONTRATO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS (Ley 15/2009) – s/c en esta Circular LEY DE ORDENACIÓN DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES – 49, 111, 139 LIMITACIONES A LA CIRCULACIÓN – ver Restricciones ídem LOGÍSTICA – 62 LOTT – ver Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres MANUTENCIÓN – ver Carretillas de manutención MARITIMO (transporte) – 20, 23, 42, 47, 51, 55, 58, 59, 60, 67, 73, 79, 80, , 82, 84, 90, 92, 96, 99, 104, 107, 111, 120, 128, 132, 135, 137, ver además Puertos

49. MASCARILLAS DE PROTECCI ÓN – 3, 31, 47, 58, 77, 80, 81, 111, 139 MEDIDAS ECONÓMICAS – ver Estado de alarma, Empresas, Trabajadores, Tributación MEDIO AMBIENTE – 124, 128 MELILLA – 121, 124 MENSAJES DE AVISO ON - LINE (VIAJEROS) – 20, 42, 51, 55, 82, 84, 104, 107 MERCADO COMUN – ver Unión Europea MERCANCIAS PELIGROSAS – ver Peligrosas (mercancías, transporte de) MERCANCIAS PERECEDERAS – ver Perecederas (mercancías, transporte de) MOROSIDAD – ver Concursos de acreedores MOVES II (Programa de ayudas a la adquisición de vehículos) – 124 MOVILIDAD – 24, 47, 58, 72, 124, 129 MUNICIPIOS – ver Urbano, transporte NAVARRA – 8, 9, 34, 48 NORMALIZACIÓN – 26, 27, 28, 68, 69, 70, 113, 114, 115, 116 OPERADORES LOGÍSTICOS – Ver Logística OPERADORES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS – s/c en esta Circular PALLETS – ver Carretillas de manutención PANDEMIA (de Coronavirus) – ver Estado de alarma PEAJE ELECTRÓNICO – 27, 113 PELIGROSAS (mercancías, transporte de) – 10, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 19, 69, 128, ver además ADR, Medio ambiente PEQUEÑAS Y MEDIANAS E MPRESAS – 1, 21, 23, 25, 29, 35, 43, 46, 61, 64, 75, 93, 97, 98, 108, 118, 120. 125, 127 PERECEDERAS (mercancías, transporte de) – 131 PÓLIZAS DE SEGURO – ver Seguros PORTUGAL – 133 PRESCRIPCIÓN (contrato de transporte) – 84 PRESCRIPCIÓN DE RECLAMACIONES – 84 PRÉSTAMOS (a Empresas) – ver Avales PRESUPUESTOS GRALES. DE LAS C. AUTÓNOMAS – 100 PRIMAS DE SEGURO – ver Seguros PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (en general) – 2, 20, 42, 45, 50, 51, 55, 82, 84, 104, 107 PROCEDIMIENTO ADMI NISTRATIVO (telemática en) – 45 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (tributario) – 9, 32 PROCURADORES – ver Tribunales de Justicia PUERTOS (marítimos) – 20, 35, 42, 47, 51, 55, 67, 73, 80, 82, 84, 90, 92, 96, 104, 107, 111, 120, 123, 137 PYMES – ver Pequeñas y Me dianas Empresas

50. RÉGIMEN LOCAL – 1, 25 REGLAMENTO DE ORDENACIÓN DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES – 49, 111, 139 REINO UNIDO – 109 REMOLQUES – ver Vehículos RENFE – ver Ferroviario, transporte RESIDUOS (Transporte de) – 128, ver además Peligrosas, mercancías RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL – ver Medio ambiente RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN – 2 RID (Reglamento de transp. ferroviario de mercs. peligrosas) – 14, 16, 17, 128 ROTT – ver Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres SALUD PÚBLICA (en genera l) – ver Estado de alarma SANITARIO (transporte) – 2 SCHENGEN (Acuerdo de) – ver Fronteras SEGURIDAD PRIVADA – 41 SEGURIDAD SOCIAL – ver Trabajadores SEGURIDAD VIAL – ver Circulación SEGUROS (en general) – 6, 35 SEGURO DE CIRCULACIÓN – 6 SEMIRREMOLQUES – ver Vehículos SINDICATOS – ver Trabajadores “SISTEMAS INTELIGENTES DE TRANSPORTE” – 27, 113, 116 SOCIEDADES COOPERATIVAS – ver Cooperativas SOCIEDADES MERCANTILES – ver Empresas, sus Impuestos, Trabajadores, Tributación, etc. SOSTENIBILIDAD – 124, ver ade más Medio ambiente SUBVENCIONES – ver Ayudas SUECIA – 109 TACÓGRAFOS – 5, ver además Tiempos de conducción TALLERES (de reparación de vehículos) – 131 TARJETAS DE TRANSPORTE – ver Autorizaciones TASAS (en general) – 34, 100 TASAS (de transporte) – 101 TAX IS – 3, 23, 47, 80, 108, 111, 125, 139 TELECOMUNICACIONES – ver Telemática TELEMÁTICA (aplicada al transporte) – ver Sistemas inteligentes de transporte TEMPERATURA CONTROLADA (transporte bajo) – ver Perecederas (transporte de mercs.) TIEMPOS DE CONDUCCIÓN – 5, 30, 102 TÍTULOS HABILITANTES – ver Autorizaciones TITULOS PROFESIONALES - ver Autorizaciones, Formación profesional

47. EMPRESAS – 1, 21, 23, 24, 25, 29, 35, 43, 46, 48, 56, 57, 61, 64, 72, 75, 89, 93, 97, 98, 108, 118, 120, 125, 127, ver además sus Impuestos,Trabajadores, Tributación, etc. E NERGÍAS ALTERNATIVAS – 124, 135 ENVASES Y EMBALAJES – 70, 115 EPIDEMIA (de Coronavirus) – ver Estado de alarma ERTEs – ver Expedientes de regulación temporal de empleo ESCOLAR (Transporte) – 37, 85, 86, 91, 101 ESPECIALES (transportes) – ver Restriccione s a la circulación ESTACIONES DE AUTOBUSES – 47 ESTACIONES DE SERVICIO – 20, 22, 26, 42, 51, 55, 68, 82, 84, 104, 107, 115, ver además Carburantes, Peligrosas (mercancías) ESTACIONES DE TRANSPORTE DE VIAJEROS – ver Estaciones de autobuses ESTADO DE ALARMA (por pandemia de Coronavirus) – 1 - 5, 8 - 25, 29 - 31, 33 - 38, 40 - 48, 50 - 53, 55 - 61, 64 - 67, 71 - 73, 75 - 77, 80 - 99, 102, 104 - 108, 111 - 112, 118 - 124, 127, 129 - 130, 133 - 136, 139, 140 ESTADOS DE INSOLVENCIA – ver Concursos de acreedores EUROPA – ver Unión Europea y con ceptos más concretos EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO – 35, 44, 61, 136, ver además Trabajadores EXPORTACIÓN – ver Comercio exterior EXTRANJEROS – 76, ver además Trabajadores EXTREMADURA – 36, 37, 38, 43, 86, 87 FERROVIARIO (transporte) – 14, 1 6, 17, 47, 20, 42, 51, 55, 58, 82, 84, 99, 100, 104, 107, 111, 128, 135 FINANCIACIÓN (de Empresas) – ver Avales FINLANDIA – 109 FIRMA ELECTRÓNICA – 45 FISCALIDAD – Ver Tributación FLUVIAL (transporte) – 23 “FONDO COVID - 19” – 122 FORMACIÓN PROFESIONAL – 11, 62, 63, 74, 103, ver además Competencia profesional FRANCIA – 109 FRIGORÍFICO (Transporte) – ver Perecederas, transporte de mercancías FRONTERAS – 33, 53, 59, 60, 66, 67, 73, 88, 90, 92, 96, 106, 119, 121, 123, 126, 133, 134, 135, 140, ver además Adua nas FUNDACIÓN FRANCISCO CORELL – s/c en esta Circular GANADOS (transporte de) – ver Animales vivos (transporte de) GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO – 28, 70, ver además ADR, Carburantes, Peligrosas (mercancías)

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